• Friday 18 de September del 2026
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Argentina aprobó nuevos tratados para modernizar la extradición y la cooperación judicial internacional

El nuevo Tratado de Extradición con Chile y el Tratado Iberoamericano relativo a la transmisión electrónica de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre autoridades centrales fueron promulgados en el Boletín Oficial.

A través de las Leyes 27.824 y 27.825, Argentina promulgó dos nuevos tratados internacionales. Uno de ellos actualiza el Régimen de Extradición con Chile regulando las condiciones y el procedimiento para la entrega recíproca de personas requeridas por la justicia de ambos Estados, mientras que el otro establece el uso de la plataforma Iber@ como medio oficial y prioritario para el envío y recepción de solicitudes de cooperación internacional iberoamericana.

Tratado de Extradición con la República de Chile

De acuerdo con el convenio, ambos países se obligan a entregarse recíprocamente a las personas que se encuentren en sus respectivos territorios y deban enfrentar un proceso judicial por un delito previsto en ambas legislaciones, siempre que conlleve una pena privativa de la libertad no inferior a un año o se requiera para ejecutar una condena pendiente no inferior a seis meses.

El instrumento también contempla la procedencia en delitos vinculados a cuestiones fiscales, aduaneras, impositivas y cambiarias; fija los requisitos formales para efectuar la solicitud; y regula institutos como la extradición simplificada, la reextradición a un tercer Estado, la entrega de bienes y el régimen de gastos.

En cuanto a la denegación de la extradición los países acordaron que procederá: si la misma se sustenta en motivos discriminatorios; si hubo condena en ausencia; si el delito tuviere prevista la pena de muerte y el país no da seguridad suficiente de que no se ejecutará; si se trata de delitos estrictamente militares o políticos; si la persona fue juzgada o condenada por una comisión especial; si la persona fue indultada; si la acción o la pena prescribieron; si existe un riesgo real de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes; o si las razones de soberanía nacional, seguridad u orden público la tornan inconveniente.

Asimismo, el texto normativo contempla la denegación facultativa ante la concurrencia de circunstancias específicas y detalla el procedimiento aplicable en todos los casos.

Tratado Relativo a la Transmisión Electrónica de Solicitudes de Cooperación Jurídica Internacional entre Autoridades Centrales

Promovido por la Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos (COMJIB), el convenio regula el uso de la plataforma electrónica Iber@ para la transmisión confidencial e íntegra de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre Autoridades Centrales.

Se establece que la misma no es de uso obligatorio y que los documentos y actuaciones remitidos mediante la plataforma se presumen auténticos y equivalentes a sus soportes físicos originales. Accesible en español y en portugués, exime entonces a la documentación adjunta de legalización, apostilla o de cualquier otra formalidad análoga.

Por último, el Tratado regula lo relativo a la financiación de la plataforma y propone reuniones periódicas entre las Partes para su seguimiento y resolución de contingencias.


Accedé a Ley 27.824 que aprueba el Tratado de Extradición entre la República Argentina y la República de Chile

Accedé a Ley 27.825 que aprueba el Tratado Relativo a la Transmisión Electrónica de Solicitudes de Cooperación Jurídica Internacional entre Autoridades Centrales


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