• Wednesday 05 de August del 2026
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La Corte fijó su presupuesto para 2027 y advirtió que los fondos previstos por el Ejecutivo son insuficientes

Mediante la Acordada 18/2026, el Máximo Tribunal estableció en $495.049.855.166 su presupuesto de gastos para el próximo ejercicio, fijó una planta de 4.732 cargos y aprobó un plan de obras. En los fundamentos sostuvo que los techos presupuestarios comunicados por Economía no alcanzan para cubrir las necesidades mínimas del Tribunal.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación fijó el presupuesto de gastos para el 2027 en unos $495 mil millones de pesos, calificando de “insuficientes” los techos presupuestarios establecidos por el Poder Ejecutivo Nacional. 

El Máximo Tribunal dió detalles sobre el presupuesto para el año siguiente en la acordada 18/2026 firmada por Horacio Daniel Rosatti, Carlos Fernando Rosenkrantz y Gerardo Gabriel Prataviera.

Dentro del detalle se especifican las partidas destinadas a los sueldos de personal, los bienes de consumo, los servicios no personales y los bienes de uso, alcanzando un total de $495.049.855.166. 

Por su parte, el Poder Ejecutivo Nacional mediante la subsecretaría de presupuesto dependiente del ministerio de economía, comunicó al Poder Judicial los “techos presupuestarios”, los cuales fueron calificados por la CSJN como “insuficientes para el nivel de necesidades mínimas”.

En este sentido exigió al Ejecutivo incluir los remanentes de recursos de ejercicios anteriores al presupuesto, y el cumplimiento de los aportes establecidos en el artículo 2° de la Ley n° 23.853, por su carácter de “indispensables para el cumplimiento de la indelegable misión de administrar justicia”.

Dicha ley establece que el presupuesto del Poder Judicial de la Nación será atendido con cargo a recursos de “rentas generales”, conformándose con el equivalente del tres y medio por ciento (3,5 %) de los recursos tributarios y no tributarios de la Administración Central, más el aporte que anualmente incluya el Poder Ejecutivo Nacional en el Presupuesto General de la Administración Nacional.

Entre los argumentos de la acordada, se declara que las previsiones de gastos tuvieron en cuenta “la proyección estimada de recursos, manteniendo de esta manera el equilibrio fiscal y preponderando el criterio de establecer los requerimientos de manera prudente y moderada”.


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