El Tribunal Oral Federal de Santa Cruz impuso a Claudio Javier Villamide una pena de tres años de prisión de ejecución condicional por incumplimiento de los deberes de funcionario público y estrago culposo agravado por el resultado muerte. Los fundamentos del veredicto se conocerán el 21 de agosto.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Cruz condenó al excapitán de navío Claudio Javier Villamide por su responsabilidad en el hundimiento y posterior implosión del submarino ARA San Juan, ocurrido en noviembre de 2017 y que provocó la muerte de sus 44 tripulantes.
Por mayoría, los jueces Mario Reynaldi, Enrique Baronetto y Luis Alberto Giménez le impusieron una pena de tres años de prisión de ejecución condicional como autor penalmente responsable de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, en concurso ideal con estrago culposo agravado por el resultado muerte.
Villamide se desempeñaba como comandante de la Fuerza de Submarinos al momento de los hechos. Además de la pena de prisión, el tribunal dispuso su inhabilitación especial para ejercer cargos públicos por el doble del tiempo de la condena y le fijó reglas de conducta por el plazo de tres años.
En el mismo veredicto fueron absueltos el contralmirante retirado Luis Enrique López Mazzeo, quien ocupaba el cargo de comandante de Adiestramiento y Alistamiento de la Armada; el capitán de navío retirado Héctor Aníbal Alonso; y el capitán de fragata retirado Hugo Miguel Correa, ambos integrantes de la plana mayor del Comando de la Fuerza de Submarinos.
Antes de pronunciarse sobre el fondo del caso, el tribunal rechazó, también por mayoría, los planteos de nulidad formulados por las defensas contra la acusación presentada por el Ministerio Público Fiscal.
Durante su alegato, el equipo fiscal integrado por Julio Zárate, Lucas Colla, María Andrea Garmendia Orueta y Gastón Franco Pruzan había solicitado penas de cinco años de prisión para López Mazzeo y Villamide, cuatro años para Alonso y tres años y seis meses para Correa.
La fiscalía sostuvo que los cuatro acusados debían responder como autores de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y estrago culposo agravado por haber causado la muerte de los 44 tripulantes, en concurso ideal. También requirió que se les impusiera la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos.
El tribunal declaró además improcedente el pedido fiscal relacionado con la aplicación de la Resolución PGN 58/2024, que instruye a los fiscales federales y nacionales a promover medidas cautelares sobre activos para garantizar eventuales decomisos, multas o indemnizaciones.
Asimismo, rechazó el pedido de levantar la suspensión de la actuación administrativa militar iniciada el 22 de noviembre de 2017 para determinar el costo de reposición del submarino. Sin perjuicio de ello, dispuso librar un oficio a la Armada Argentina para que adopte las medidas que estime correspondientes.
El debate oral comenzó el 3 de marzo y se extendió durante cuatro meses. A lo largo del juicio declararon especialistas, exintegrantes de la Armada y familiares de los 44 submarinistas fallecidos. También se incorporaron informes técnicos y prueba documental, además de realizarse una inspección ocular sobre el submarino ARA Santa Cruz, una nave gemela del ARA San Juan, en las instalaciones de Tandanor.
Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer el próximo 21 de agosto. Una vez difundidos, el Ministerio Público Fiscal evaluará la presentación de un recurso ante la Cámara Federal de Casación Penal.
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