• jueves 23 de abril del 2026
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Telefónica deberá devolverle a los usuarios más de $12.600 millones por un servicio mal cobrado

La homologación del acuerdo celebrado entre la asociación de consumidores CODEC y Telefónica pone fin a uno de los litigios colectivos en materia de servicios públicos más importantes de los últimos años.

El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de La Plata homologó el acuerdo transaccional celebrado entre la asociación de consumidores CODEC y Telefónica Móviles Argentina S.A., que pone fin a un extenso litigio colectivo iniciado en 2014 por el cobro indebido del concepto “SVA-TB” en servicios de telefonía básica.

La decisión, dictada por el juez Alejo Ramos Padilla, valida un esquema de devolución que alcanza a millones de usuarios en todo el país y establece el reintegro de $12.640.901.252,40, en concepto de capital, intereses y sanciones, con ajustes derivados del uso efectivo de ciertos servicios.

El origen del conflicto se remonta a la demanda promovida por CODEC, que cuestionó la legalidad del cobro de servicios de valor agregado incluidos en la facturación sin consentimiento expreso de los usuarios.

En 2023, el juzgado hizo lugar a la acción, declaró la nulidad del cargo y ordenó su devolución, decisión que luego fue confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata.

En el marco de la etapa de ejecución de sentencia —caracterizada por la dificultad de individualizar y cuantificar los créditos de cada usuario— las partes optaron por un acuerdo transaccional como mecanismo de resolución. El tribunal destacó que este tipo de soluciones resulta admisible en procesos colectivos, siempre que se verifique su razonabilidad y adecuación a los intereses del grupo representado.

El acuerdo contempla como universo beneficiario a todos los clientes y ex clientes que hayan abonado el cargo SVA-TB desde junio de 2014, con exclusión de quienes hayan iniciado reclamos individuales o ejercido su derecho de exclusión .

El esquema de devolución distingue entre clientes actuales y ex clientes:

  • Clientes actuales: recibirán el reintegro mediante acreditaciones en sus facturas dentro de los 60 días de la homologación.
  • Ex clientes: percibirán el monto mediante transferencias bancarias, billeteras digitales o, en su defecto, a través de sucursales de Pago Fácil.

La distribución se realizará en función de los meses en los que cada usuario abonó el cargo, con cálculo de intereses y aplicación proporcional de multas .

El acuerdo también prevé mecanismos de control, certificación contable y la eventual constitución de fondos remanentes para aquellos casos en los que no sea posible concretar la devolución directa.

El monto total surge de un cálculo que incluye capital histórico, intereses a tasa activa del Banco Nación con un adicional del 50%, daño punitivo y multas legales. Sin embargo, se aplica una reducción del 38,93% en función del uso efectivo de los servicios por parte de ciertos usuarios, lo que impacta en el monto final a distribuir .

El acuerdo establece un amplio esquema de publicidad —incluyendo publicaciones en el Boletín Oficial, sitios web y comunicaciones directas a usuarios— y reconoce el derecho de los consumidores a excluirse dentro de los 30 días.

Asimismo, el tribunal mantendrá funciones de seguimiento para verificar el cumplimiento, con posibilidad de imponer penalidades en caso de incumplimiento.

Con la homologación, el acuerdo adquiere efectos extintivos sobre la acción colectiva, consolidando una solución que el juzgado consideró “conducente a la resolución del litigio colectivo” y producto de una negociación adecuada en términos de representación y protección de los consumidores .


Accedé a la sentencia

Organismo: Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de La Plata

Expediente y carátula: “CODEC c/ Telefónica de Argentina S.A. s/ Ley de Defensa del Consumidor” – Incidente de ejecución de sentencia N° 7 (Expte. FLP 59112/2014)

Fecha: 23 abril de 2026


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