El Gobierno nacional impulsa una reforma de la Ley Nº 26.657. La iniciativa busca agilizar los procesos de tratamiento e internación, reforzando el rol médico-psiquiátrico y la corresponsabilidad familiar.
El Gobierno nacional presentó un proyecto de modificación de la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657, norma sancionada en el año 2010. El objetivo es agilizar los procesos de tratamiento e internación, reforzando el rol médico-psiquiátrico y la corresponsabilidad familiar.
Los ejes más importantes que introduce la reforma son:
Cambio de terminología. Se sustituye el término "padecimiento mental" por "afección o trastorno de salud mental".
Abordaje de adicciones. Las adicciones se ratifican como parte de las políticas de salud mental, pero se enfatiza el abordaje según la “singularidad del consumo” y el tipo de sustancia.
Presunción de capacidad. Se mantiene el principio de que toda persona es capaz por defecto, y un diagnóstico no implica automáticamente riesgo o restricción de capacidad.
Equipo interdisciplinario y el rol médico. Los equipos deben ser interdisciplinarios (psicólogos, trabajadores sociales, etc.), pero se establece que *uno de los integrantes debe ser necesariamente médico psiquiatra. La actual Ley de salud mental no los incluída. Es por ello que en esta reforma es necesario integrar el experto en salud mental.
Régimen de Internaciones. El proyecto mantiene la internación como un recurso “excepcional”, pero flexibiliza y detalla sus condiciones como ser la internación involuntaria y también la internación voluntaria. Dicha internación requiere un consentimiento previo informando el estado de lucidez.
Internaciones involuntarias. Las mismas proceden ante riesgo grave de daño para si o para terceros. La novedad que trae la reforma es evaluar el riesgo no solo del momento actual, sino también de alguno hechos previos importantes. En casos de urgencias, si hay un médico presente puede solicitar la internación inmediata, debiendo ser revalidada por un equipo interdisciplinario en 24 horas.
EL proyecto de ley trae una responsabilidad familiar y egreso consciente. En la cual si hay una continuidad del tratamiento la familia debe acompañar y el juez puede dictar medidas protectorias por hasta 6 meses para asegurar que el paciente siga con el tratamiento ambulatorio. Uno de los puntos más importantes es que no exime a los familiares o representantes legales de los deberes de cuidado y acompañamiento. Los familiares están obligados a presentarse al momento del alta para formalizar la salida del paciente.
Un punto clave es darle más herramientas jurídicas al Órgano de Revisión y control judicial, en el proyecto de reforma incluye a los del Ministerio de Salud, Justicia, Defensa Pública y asociaciones de familiares y profesionales.
En conclusión, el proyecto de ley tiene por objeto asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con enfermedad mental que se encuentran en el territorio nacional, reconocidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos, con jerarquía constitucional.
Accedé al texto del proyecto de modificación de la Ley Nacional de Salud Mental
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