• sábado 07 de marzo del 2026
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Afganistán: nuevo código penal talibán vulnera derechos humanos inalienables

El pasado enero se dio a conocer el nuevo código penal que, entre numerosos retrocesos, legaliza la violencia de género y la esclavitud. Organizaciones de derechos humanos buscan impedir su aplicación.

El 4 de enero, el Emirato Islámico de Afganistán (EIA), aprobó el nuevo “Código de Procedimiento Penal para los Tribunales Talibán” firmado por el líder supremo de los talibanes. Consta de 119 artículos, 3 capítulos y 10 secciones y, según el Instituto de Georgetown para las Mujeres, la Paz y la Seguridad, “codifica un sistema ideológico en el que el castigo, la vigilancia y la coacción son instrumentos fundamentales de gobernanza”.

Debido a -de manera intencional- no ser anunciado públicamente, a la ausencia de un proceso formal abierto y a la aún limitada cobertura mediática, fue que la comunidad internacional no tuvo conocimiento de lo sucedido que Organizaciones No Gubernamentales de derechos humanos lograron filtrar el documento y detonar las alarmas. La más importante de estas ONG fue la organización afgana llamada Rawadari (término que significa “tolerancia” en persa).

Los talibanes y la violación sistemática de Derechos Humanos

Desde el regreso de los talibanes al poder el 15 de Agosto 2021, es que el Relator Especial de la Organización de Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en Afganistán, Richard Bennett, se encuentra en alarma por las constantes y abiertas violaciones a derechos humanos en el territorio. Ello con especial énfasis en políticas opresivas en materia de género, tal como la restricción sistemática del acceso de las mujeres y las niñas a la atención sanitaria, de la libertad de movimiento y del derecho al trabajo; llegando incluso a prohibir su educación médica desde el año 2024, su participación en agencias de la ONU desde el año 2025 y a ser actualmente el único país del mundo donde las niñas tienen prohibido asistir a la escuela secundaria, según datos de la UNESCO.

Afganistán es hoy el único estado que no tiene constitución, ni parlamento, ni judicatura independiente. La ley emana de la interpretación extrema a cargo de los talibanes, y acaba de ser sancionado un código que les da pautas totalmente vagas, discriminatorias, para interpretarla, sumado a que amplía el alcance del control legal más allá de las instituciones formales, extendiéndolo al ámbito familiar y particular.

La situación actual y el nuevo Código Penal para los Tribunales Talibán

El mencionado Instituto de Georgetown para las Mujeres, la Paz y la Seguridad tomó cinco aspectos de la nueva normativa penal talibán como los más preocupantes para la comunidad internacional y estos son: que institucionaliza un sistema autoritario de control; que abandona explícitamente la igualdad y divide a la sociedad por estatus; que legaliza la violencia por mano propia y criminalizar la autonomía de las mujeres; que la vida de las mujeres se valora menos que la de los animales; y que la disidencia, la creencia, la expresión y el silencio están criminalizados por diseño.

De la lectura de los artículos que han sido traducidos al español surge claramente aquello que apunta el Instituto, comenzando por el artículo 4 que explícitamente autoriza al “marido y el amo” a ejercer los tazeer, que son castigos discrecionales determinados por una autoridad; esto es la legalización de la justicia por mano propia y de la violencia y desigualdad de género en sus máximas expresiones.

Luego el artículo 9 divide a la sociedad afgana en cuatro estratos: eruditos religiosos, élites, clase media y clase baja. Determinando textualmente que, ante un mismo delito, el castigo cambia dependiendo del estatus del agresor dado que, las dos primeras categorías sólo reciben advertencias, amonestaciones o citaciones judiciales; la clase media puede enfrentar penas de prisión; mientras que la clase baja puede ser castigada con amenazas, golpes y hasta 39 latigazos. Estamos frente al abandono total de la igualdad ante la ley y a la abierta discriminación por motivos económicos.

En esta misma línea, el artículo 15 habla de delincuente “libre o esclavo”, en una total e inescrupulosa legalización de la esclavitud, prohibida internacionalmente desde el Siglo XIX. Lo expuesto hasta el momento demuestra uno de los mayores incumplimientos en la historia a la Declaración Universal de Derechos Humanos, al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, a la Convención sobre la Esclavitud, a la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, a la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, por sólo nombrar algunos.

Continuando con el análisis, aparece el artículo 32 que más conmoción ha presentado en el mundo, debido a que castiga con prisión de hasta 15 días a un marido que golpea a su esposa, pero sólo si son golpes excesivos que causan fracturas, lesiones o hematomas en el cuerpo; es decir, no se criminaliza ni se menciona la violencia psicológica, sexual, ni la física sin aquellas secuelas (que además deben ser probadas ante un Juez talibán). Pero, lo que más llama la atención, es que artículos más abajo se condena con prisión de hasta 5 meses a quien maltrate a un camello, lo que indica que la integridad de las mujeres recibe menos protección que el bienestar animal.

Otros artículos también dejan en claro la situación de las mujeres frente al régimen talibán son el 34, que penaliza a las mujeres que abandonan el domicilio conyugal sin el permiso de sus maridos y a quienes se nieguen a devolverlas (terminología de objeto) a sus maridos; sumado al 58 que ordena a los jueces a condenar a las mujeres apóstatas (dicho de quien abandona, reniega o abjura públicamente de sus creencias religiosas, fe o ideología previamente profesada) a cadena perpetua acompañada de diez latigazos cada tres días, disposición se aplica sólo a las mujeres, institucionalizando explícitamente la discriminación por razones de género y religiosas.

Por último, otro conjunto de artículos son los que establecen un régimen jurídico que “penaliza la disidencia, la expresión, las creencias, el silencio y la conducta privada” en palabras del análisis del Instituto de Georgetown. Estos castigan con prisión y latigazos los insultos a las autoridades y consideran delincuente a quien presencie o tenga conocimiento de reuniones o consultas subversivas de opositores al sistema y no tome medidas contra ellas ni informe a las autoridades competentes del Emirato; esto termina por obligar a los mismos ciudadanos a vigilarse entre sí, con un impacto psicológico y social irreparable.

Rawadari y la Organización de Naciones Unidas

La directora ejecutiva de Rawadari, Shaharzad Akbar, dijo que “el nuevo código penal de los talibanes es un intento de reforzar y consolidar una estructura de desigualdad, represión, exclusión y violencia que los talibanes han estado construyendo desde su regreso al poder […]” e hizo un llamamiento a la comunidad internacional para que utilicen todos los instrumentos legales a su alcance para impedir la aplicación del mismo.

En cuanto a la Organización de Naciones Unidas, fue el mencionado Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, Volker Türk, quien se expidió firmemente en Ginebra sobre la situación actual y dijo: “Insto a las autoridades de facto a que deroguen este decreto y adapten todas sus normas legales a sus obligaciones internacionales”.

Por su parte, el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Afganistán, Richard Bennett, venía esgrimiendo que las políticas talibanes no eran medidas aisladas, sino que “conforman un sistema institucionalizado de discriminación de género que niega a las mujeres y niñas la autonomía sobre su propio cuerpo, salud y futuro”, que “cuando a las mujeres y niñas se les niega la educación, la movilidad y la atención médica, las consecuencias se extienden a las familias y a las generaciones […] negarles sus derechos no solo las perjudica, sino que amenaza todo el sistema de salud del país y su futuro” y catalogó el accionar de los talibanes como crímenes de lesa humanidad.

Con acierto, una activista por los derechos de las mujeres y política afgana, subrayó que, si un niño afgano crece viendo que tiene todo el poder para ejercer violencia, a largo plazo esta situación puede convertirse en un gran desafío para la seguridad mundial. Hay una conexión intrínseca entre la violación de los derechos de las mujeres y la protección del futuro de la paz y seguridad mundiales.

Por lo expuesto, es que la comunidad internacional debe continuar trabajando para impedir la aplicación del reglamento y el resto del mundo poner el foco de atención en la situación actual en Afganistán y lo que se encuentran viviendo allí mujeres y niños, en total regresión frente a normativa internacional que ha llevado años construir.


Fuentes:

-              “Afganistán: 1,4 millones de niñas siguen siendo excluidas de la escuela por las autoridades de facto” (2024, Comunicado de Prensa de la UNESCO).

-              La nueva regulación penal de los talibanes legaliza la esclavitud, la violencia y la represión de las mujeres (2026, Instituto de Georgetown para las Mujeres, la Paz y la Seguridad).

-              “Principios del Código Penal de los Tribunales Talibán” (2026, Radawari).

-              “Afganistán: La opresión de género de los talibanes y los recortes de la financiación internacional llevan al sistema sanitario a la catástrofe, advierte un experto de la ONU” (2026, ONU).

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