• sábado 07 de marzo del 2026
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El Gobierno Nacional vetó las leyes del aumento jubilatorio, la moratoria previsional y la emergencia en discapacidad

El Poder Ejecutivo Nacional observó en su totalidad los proyectos sancionados por el Congreso de la Nación el pasado 10 de julio apoyándose en el Pacto de Mayo y el “equilibrio fiscal innegociable”.

El Poder Ejecutivo Nacional vetó las leyes sancionadas por el Congreso el pasado 10 de julio referidas al aumento en jubilaciones y pensiones, la prórroga de la moratoria previsional y la emergencia en discapacidad. Lo hizo mediante el decreto 534/2025 publicado en el Boletín Oficial de hoy, exhortando al Poder Legislativo a “actuar con sensatez”.

De esta manera observó en su totalidad los proyectos de ley aprobados por el Senado bajo los números 27.791, 27.792 y 27.793 mediante la norma firmada por el Presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete Guillermo Francos y toda la plantilla ministerial: Federico Adolfo Sturzenegger, Sandra Pettovello, Mario Iván Lugones, Patricia Bullrich, Mariano Cúneo Libarona, Luis Andres Caputo, Luis Petri y Gerardo Werthein.

El proyecto de ley nº 27.791 tenía por objeto incrementar los haberes jubilatorias y demás pensiones abonadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Específicamente implementaba un aumento del 7,2% para todas las jubilaciones y pensiones e incrementaba el bono extraordinario de $70.000 a $110.000. La suma entre el 7,2% y el incremento del bono lograba un aumento total de $61.700; esta medida fue aprobada por unanimidad y convertida en ley con 52 votos positivos.

Para ello exhortaba al Jefe de Gabinete a reasignar modificaciones presupuestarias transfiriéndo $32.616.000.000 de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE) hacia la ANSES.

En cuanto al Proyecto de Ley nº 27.792 prorrogaba el Plan de Pago de Deuda Previsional por dos años. Este sistema había vencido en marzo de 2025 y estaba pendiente a resolverse. El período comprendido por el sistema cubre “siempre que la persona solicitante no haya prestado servicios bajo relación de dependencia registrada” o con monotributo. El proyecto 27.792 permitía el acceso a las prestaciones jubilatorias para aquellas personas que durante su etapa laboral no contaron con los aportes.

También incorporaba una reducción de edad mínima requerida para acceder a la Pensión Universal para el Adulto Mayor para las mujeres, de 65 a 60 años, compatible con el cobro de otras prestaciones e ingresos por actividad laboral.

El Proyecto de Ley nº 27.793 declaraba la emergencia nacional en materia de discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026, prorrogable por un año más, además de modificar el alcance normativo, institucional y presupuestario al sistema de protección de las Personas con Discapacidad.

El artículo 4º del proyecto obligaba al Poder Ejecutivo la adopciòn de medidas para la protección y promoción de derechos como por ejemplo el financiamiento a las pensiones no contributivas, el apoyo a prestadores de la ley nº 24.901 junto a la condonación de deuda, la actualización de aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral y el fortalecimiento de la Agencia Nacional de Discapacidad.

El monto de la Pensión no Contributiva por Discapacidad para la Protección Social era establecida por el proyecto aprobado por el Congreso de un 70% del haber mínimo jubilatorio.

Considerando los proyectos aprobados, el Poder Ejecutivo afirmó que el Poder Legislativo “debe actuar con sensatez institucional, de forma responsable, cuidando de no emitir disposiciones cuya aplicación afecte las cuentas públicas, o que contradigan la proyección de ingresos y distribución de gastos previstas en el Presupuesto Nacional”.

En cálculos del Gobierno el aumento jubilatorio representaba el 0,24% del Producto Bruto Interno, mientras que el aumento del bono era un 0,16%. El proyecto disponía una fuente de financiamiento, considerada por el PEN como “insuficiente”, y con “graves deficiencias técnicas”.

Una de las propuestas enmarcadas en el artículo 9 del proyecto 27.791 proponía la eliminación de la exención para el pago del Impuesto al Valor Agregado, causando un impacto recaudatorio neutro o negativo.

El Plan de Pago de Deuda Previsional representaba un 0,02% del PBI según estimaciones oficiales. “El equilibrio fiscal constituye una de los principales compromisos asumidos por el actual Presidente durante la campaña electoral, respaldado por la mayoría del pueblo argentino a través de su voto”, asegura el Gobierno en los considerandos de la norma.

Para dar solidez a la decisión se apoyó en el “hecho histórico” sucedido el 9 de julio de 2024 donde gobernadores de 17 provincias, el Jefe de Gobierno de la CABA junto al Presidente de la Nación firmaron en Tucumán el “Pacto de Mayo”, estableciendo como principio el “equilibrio fiscal innegociable”.

El Poder Ejecutivo agregó además que cuando no se cumple el equilibrio fiscal los resultados “son por demás conocidos” y quienes más sufren “son los que menos tienen”. Por último agregó que los proyectos debieron ser computados sobre una meyoría de dos tercios de los votos y no una simple mayoría.


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