La norma crea un régimen específico con intervención de múltiples organismos estatales, y apunta a captar capitales promoviendo seguridad jurídica, control migratorio y trazabilidad fiscal.
En el día de hoy se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 524/2025, por el cual el Poder Ejecutivo reglamenta la figura de la ciudadanía por inversión en la República Argentina. La medida se enmarca en la modificación de la Ley de Ciudadanía N° 346 introducida por el Decreto 366/2025, que incorporó la posibilidad de acceder a la nacionalidad argentina por naturalización a quienes acrediten haber realizado una inversión “relevante” en el país.
Según el nuevo marco normativo, la determinación de qué tipo de inversiones serán consideradas relevantes quedará a cargo del Ministerio de Economía, mientras que el proceso de evaluación, tramitación y recomendación sobre cada solicitud recaerá en la recientemente creada Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, un organismo descentralizado también bajo la órbita de dicha cartera.
La Agencia tendrá a su cargo recibir las solicitudes, analizar la documentación aportada por los interesados, coordinar la intervención de otros organismos públicos —como la Dirección Nacional de Migraciones, la Unidad de Información Financiera (UIF), el RENAPER, la SIDE y el Ministerio de Justicia— y finalmente emitir un informe fundado recomendando la aprobación o rechazo de la ciudadanía por inversión.
En todos los casos, el procedimiento busca garantizar que las inversiones no sólo sean de magnitud económica significativa, sino que también respeten los intereses del Estado Nacional en términos de seguridad, trazabilidad y cumplimiento tributario. Por esa razón, el decreto también encomienda a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la intervención necesaria para emitir la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) correspondiente a los nuevos ciudadanos admitidos bajo este régimen.
El procedimiento culmina con una resolución fundada de la Dirección Nacional de Migraciones, que deberá expedirse en un plazo máximo de 30 días desde la recepción del informe elevado por la Agencia, ya sea otorgando la ciudadanía o rechazando la solicitud.
Desde el Poder Ejecutivo se sostiene que esta medida permitirá agilizar los trámites migratorios vinculados a la atracción de capitales, ofrecer un marco previsible para la inversión extranjera directa, y promover la creación de empleo. Sin embargo, el decreto también pone en evidencia la necesidad de establecer parámetros claros y controles eficaces, a fin de evitar eventuales abusos o desnaturalizaciones del instituto de la ciudadanía.
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