Lo decidió el juez Daniel Rafecas, que consideró aplicable la nueva legislación procesal penal que habilita el enjuiciamiento de personas rebeldes en causas de terrorismo o crímenes de lesa humanidad.
El juez federal Daniel Rafecas, a cargo interinamente del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 6, emitió una resolución en la causa AMIA, mediante la cual resolvió habilitar la apertura del juicio en ausencia contra los imputados iraníes y libaneses declarados rebeldes en relación con el atentado a la sede de la AMIA en 1994.
La decisión consideró que se encuentran reunidos los requisitos para abrir un juicio en ausencia conforme a los artículos 431 ter y quáter del Código Procesal Penal, modificados por la Ley 27.784 (vigente desde marzo de 2025), que permite juzgar a personas rebeldes en causas de terrorismo o crímenes de lesa humanidad.
Los imputados en cuestión son Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar. Estos fueron declarados rebeldes hace años, se encuentran prófugos y no han respondido a los pedidos judiciales ni a las órdenes de captura.
Vale recordar que el atentado a la AMIA (Asociación Mutual Israelita Argentina) ocurrió en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la mañana del día lunes 18 de julio de 1994. El saldo del atentado fue de 85 muertos y más de 150 heridos.
Según la fiscalía, la decisión de cometer el atentado fue adoptada el 14 de agosto de 1993, en la ciudad iraní de Mashhad, durante una reunión del llamado “Comité de Asuntos Especiales” del régimen iraní, compuesto por las más altas autoridades del Estado, entre ellas el entonces Presidente Alí Akbar Rafsanjani (fallecido), el Ministro de Relaciones Exteriores Alí Akbar Velayati, el Ministro de Información Alí Fallahijan y el Líder Supremo Alí Khamenei.
Este último habría sido quien emitió la orden ejecutiva o “fatwa” que habilitó la operación. También participaron, convocados desde Argentina, Mohsen Rabbani y Ahmad Reza Asghari, en calidad de consultores. El plan fue diseñado por la “ Oficina de Inteligencia y Seguridad” del régimen iraní, compuesta, entre otros, por los nombrados y por los jefes del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria (Pasdaran), Mohsen Rezai y Ahmad Vahidi, jefe de la Fuerza Quds. Este plan habría sido ejecutado con asistencia logística desde la Triple Frontera.
La postura de las diferentes querellas en la causa no ha sido unívoca: por un lado, AMIA, DAIA y otros familiares apoyaron el juicio en ausencia como un avance hacia la justicia; por el otro, Memoria Activa, APEMIA y la Asociación 18J considerarron que la causa tiene problemas estructurales de prueba, y que la propuesta de incorporar el juicio en ausencia la ordenamiento jurídico podría utilizarse para convalidar una “versión oficial” por los mismos que estuvieron vinculados “con lo peor de la historia de la causa AMIA”, pretendiéndole imponerle a las víctimas y a la sociedad una falsa versión de los hechos.
Para el juez Rafecas, la solicitud de la fiscalía encuadra con los requisitos que exige el artículo 431 ter y quáter del Código Procesal Penal de la Nación luego de su reforma, en tanto los delitos fueron cometidos en territorio argentino, encuadrables en tratados internacionales sobre crímenes de lesa humanidad y terrorismo, y los imputados están declarados rebeldes.
Causa n° 8.566/96 caratulada “Coppe, Juan C. y otros s/ Asociación ilícita y otros”
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