Confirmaron la decisión judicial que admitió el amparo de la diputada Natalia Zaracho.
La Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, con voto de los jueces Do Pico, Heiland y Facio, confirmó la decisión que ordenó al Ministerio de Capital Humano de la Nación a brindar una copia del informe de la auditoría mencionado por el ex Jefe de Gabinete, Nicolás Posse, ante la Cámara de Diputados en mayo de 2024, en el que expresó que, producto de dicho estudio, habían detectado que casi el 50% de los comedores no existían.
Los hechos del caso dan cuenta que la diputada nacional Natalia Zaracho inició un pedido de acceso a la información pública en el marco de la Ley 27.275 en el que requirió copia del referido informe, de los formularios de relevamiento y de toda otra documentación utilizada para confeccionarlo. También, solicitó que se indicara si el lugar auditado recibía recursos en el marco de los diferentes convenios del Ministerio a su cargo, y hasta cuándo, o si sólo se encontraba inscripto en el RENACOM.
Si bien recibió una respuesta por parte del Ministerio, fue extemporánea. Además, el Ministerio alegó que “… que mientras la Justicia Federal se encuentre en etapa investigativa, hacer pública cualquier otra documentación y/o información vinculada a la causa, tal como se indicó ut supra, podría entorpecer o frustrar los fines de la misma, lo cual es un riesgo real e identificable”.
La diputada advirtió que en esa contestación “podría transformarse en un modus operandi para no brindar información so pretexto de existir una causa judicial en trámite, incluso aunque su inicio sea posterior al pedido de esa información”.
Ante ello, inició una acción de amparo judicial que el juez Pablo Cayssials admitió. El Ministerio de Capital Humano recurrió la sentencia y, ahora, el tribunal de apelaciones confirmó la medida.
La defensa del Estado Nacional se basó en que la información, por un lado, no podía ser divulgada porque podía afectar "investigaciones en curso o comprometer aspectos fundamentales del proceso judicial”, una excepción al régimen de acceso público. Por otra parte, en tanto se trataba de "papeles de trabajo" que no constituye un "documento público" en los términos de la ley 27.275.
Los camaristas, por remisión al dictamen del fiscal Rodrigo Cuesta, dispusieron rechazar los argumentos del Estado Nacional y ordenarle en un plazo de 15 días que emita un nuevo acto que resuelva el pedido de la diputada Zaracho en sintonía con la Ley de Acceso a la Información Pública.
Cám. Cont. Adm. Fed., Sala I, Expte. CAF 14341/2024, "ZARACHO, NATALIA BEATRIZ c/ EN-M CAPITAL HUMANO-LEY 27275-EXPTE 50784953/24 s/AMPARO LEY 16.986", resolución del 13/05/2025.
¿Te resulto útil lo que acabás de leer?, podés apoyarnos para que continuemos en esta tarea, contribuí con tu suscripción para que nuestro contenido siga siendo abierto y podamos brindarte un servicio cada día mejor Suscribirse.