Así lo decidió el juez federal de Pehuajó, Andrés Heim al hacer lugar a una medida cautelar. También, exhortó al Congreso a que contemple mecanismos de financiamiento para la continuidad de esa política pública.
El titular del Juzgado Federal de Pehuajó, Andrés Heim, hizo lugar a una medida cautelar y le ordenó al Estado nacional a que tome las medidas necesarias para la continuidad de la política pública consistente en la integración socio urbana de los “barrios populares” registrados en RENABAP. Lo emplazó a que en un plazo de 3 meses, y en forma conjunta con los estados locales en su rol de “unidades ejecutoras”, presente un plan de acción.
La decisión se dictó en el marco de un amparo colectivo promovido por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), una vecina de un barrio Renabap de esa localidad y Lorenzo De Vedia, cura de Opción por los Pobres. Allí pidieron que se declare la inconstitucionalidad del decreto del Poder Ejecutivo Nacional n° 193/24 por ser incompatible con las disposiciones de las leyes n° 27.453 y 27.541, toda vez que modificó los porcentajes de asignación de fondos recaudados por el denominado como impuesto PAIS, conforme previsiones del artículo 42 de la última de las leyes mencionadas. Denunciaron que, de esa manera, se eliminó la principal fuente de financiamiento del fideicomiso para la integración sociourbana (FISU).
Este proceso, cabe resaltar, tiene alcance nacional dado que la clase afectada está dada por todas las personas que habiten en barrios registrados en el RENABAP.
También, el magistrado exhortó al Congreso para que, “haciendo uso de sus atribuciones constitucionales, arbitre los medios necesarios para contemplar y/o establecer mecanismos de financiamiento para la continuidad de la referida política pública”.
“Sobre este punto, se sugiere dar tratamiento en el marco del debate parlamentario propio de la Ley de Presupuesto -como acto legislativo que, sobre la base del plan de gobierno, dispone la planificación anual de la actividad financiera del Estado- a las asignaciones de recursos relativas a la efectivización de la política pública de urbanización de barrios populares registrados en RENABAP, ello en el entendimiento de que el Parlamento Nacional se encuentra obligado a llevar adelante medidas de acción positivas conducentes al desarrollo humano y al progreso económico de la comunidad conforme fuera anteriormente analizado”, argumentó.
Accedé a la resolución judicial
¿Te resulto útil lo que acabás de leer? Podés apoyarnos para que continuemos en esta tarea. Contribuí con tu suscripción para que nuestro contenido siga siendo abierto y podamos brindarte un servicio cada día mejor.Suscribirse.