• lunes 13 de enero del 2025
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El Gobierno libera los precios de los coseguros del Plan Médico Obligatorio

Lo hizo este lunes el Ministerio de Salud mediante la Resolución 1924/2024, a la vez que elimina los actuales aranceles vigentes para permitir a las prepagas “fijarlos libremente con el objetivo de garantizar una mayor competitividad”.

El Ministerio de Salud de la Nación publicó este lunes en el Boletín Oficial la Resolución 1926/2024 donde permite “fijar libremente” los valores de los coseguros de las Prepagas respecto a las prestaciones básicas que cada entidad está obligada a brindar, lo que se conoce como el Programa Médico Obligatorio (PMO).

La cartera dirigida por el Ministro Mario Russo deja sin efecto los aranceles vigentes a la fecha respecto a las prestaciones médico-asistenciales del PMO, aclarándo en el artículo 1 que los montos “podrán ser fijados libremente por parte de las entidades”.

El DNU 70/23 es el principal apoyo para la desregulación de todas las ramas de la economía, pese al rechazo del Senado en Sesión el 14 de marzo pasado.

Los considerandos del texto se lee sobre lo establecido por el mencionado DNU, donde se establecieron medidas para desregular la actividad económica para “reconstruir la economía”, a través de la eliminación de barrearas y restricciones estatales.

En ese texto legal se propició liberar restricciones de los valores de las cuotas de los planes de salud respecto a la medicina prepaga. “Deviene imperioso proceder a la eliminación de toda injerencia de la autoridad de aplicación en los valores de los coseguros tanto para los Agentes del Seguro de Salud como para las Entidades de Medicina Prepaga, permitiendo que aquellos sean fijados libremente, con el objetivo de garantizar una mayor competitividad y transparencia en el Subsistema de Salud, asegurando al mismo tiempo que los usuarios conozcan claramente qué servicios pueden requerir un costo adicional”, revela la Resolución firmada por el Ministro de Salud Mario Russo.

Los nuevos montos tendrán que ser informados a los usuarios/as con 30 días corridos de antelación. Además la norma explicita las prestaciones exentas de la desregulación impulsada este lunes. Aquellas son:

-Cánceres de cuello uterino y mama

-Odontología preventiva

-Salud sexual y reproductiva Ley Nº 25.673

-Oncología 

-Discapacidad

-Plan Materno Infantil: Se dará cobertura durante el embarazo y el parto a partir del momento del diagnóstico y hasta el primer mes luego del nacimiento.Atención del recién nacido hasta cumplir un año de edad. Todo con cobertura al 100% tanto en internación como en ambulatorio y exceptuado del pago de todo tipo de coseguros para las atenciones y medicaciones específicas

-Emergencias/Código Rojo 

-Prácticas de enfermería

-Ley 27.611 de “Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia. - Ley 1000 días 

-Ley 27.675 “Ley Nacional de Respuesta Integral al VIH, HEPATITIS VIRALES, otras Afecciones de Transmisión Sexual - ITS- y Tuberculosis - TBC

-Ley 26.928 “Creación Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas”

-Ley 27.447 “Ley de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células” 


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