• viernes 21 de marzo del 2025
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Retenciones agropecuarias: rechazan una demanda de una asociación de productores por falta de legitimación

Resolvió que el interés es puramente personal y corresponde a cada uno de los afectados efectuar el reclamo, de manera individual.

El Juzgado Federal N° 2 de Tucumán, a cargo del juez José Manuel Díaz Vélez, rechazó una acción meramente declarativa de certeza presentada por la Asociación Civil de Productores Agrícolas y Ganaderos del Norte que se consideraban "víctimas de una actitud confiscatoria por parte del Estado Nacional respecto a derechos de exportación".

Dicha acción fue interpuesta con respecto a la vigencia, legitimidad, exigibilidad y potestad del Estado Nacional en relación a la aplicación de los derechos de exportación sobre operaciones de compraventa de cereales en el marco de la Ley de Solidaridad N° 27.541 que delegaba al Poder Ejecutivo la posibilidad de fijar derechos de exportación y de elevarlos con respecto a la soja, maíz y trigo, hasta el 31 de Diciembre 2021.

La parte actora fundó su legitimación para interponer la acción aludiendo a que uno de sus fines principales como asociación es la de proteger y hacer valer los derechos de productores agropecuarios del Norte del país tal como surge de su Estatuto, y de ellos deriva la ampliación para acciones colectivas.

Por otro lado, la demandada entendió que de los fines, objetivos y visión que tiene la entidad actora, surgen actividades no relacionadas con la representación invocada, y que en su Estatuto no surge de manera clara a qué sector pretende representar la demandante; resultando confusa, conjetural y abstracta la descripción de los sujetos y del supuesto agravio.

Para resolver, el juez indicó que “no se verificó la precisa identificación del grupo afectado, la idoneidad de la agrupación actora para asumir su representación, la existencia de un planteo que involucre cuestiones de hecho y de derecho que sean comunes y homogéneas a todo el grupo, y no se ha arbitrado un procedimiento para notificar e integrar a todas aquellas personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio”.

Accedé a la sentencia

 


Juzg. Fed. Tucumán N° 2, FTU 5242/22, "Asociación Civil de Productores Agricolas y Ganaderos del Norte c/ AFIP s/ Acción declarativa", 15/05/2024.


 

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