Será hasta el 31 de mayo inclusive para disminuir las alíocutas aplicables de bienes situados en el exterior.
El Gobierno Nacional prorrogó desde su vencimiento y hasta el 31 de mayo de 2024 inclusive, la fecha para realizar la repatriación prevista para el período fiscal 2023. Lo hizo a través del decreto 378/2024 publicado este jueves en el Boletín Oficial.
Con las firmas del Presidente Javier Milei, el Ministro de Economía Luis Caputo y el Jefe de Gabinete Nicolás Posse, el Ejecutivo dispuso la prórroga del impuesto de bienes personales en el exterior. La Ley refiere a la:
-Tenencia de moneda extranjera en el exterior; y los
-Importes generados como realización de los activos financieros (Ley 23.966), y que representen el equivalente al 5% del total de los bienes situados en el exterior.
La medida acorde a lo establecido por la administración anterior (decreto 912/2021)El proceso de repatriación se realiza para acceder a la posibilidad de disminución de las alícuotas aplicables de aquellos bienes situados en el exterior, cuando se verifique la repatriación del producido de la realización de activos financieros allí situados.
Ya habían extendido el plazo el 26 de marzo de 2024 hasta el 30 de abril de manera que los responsables del impuesto y los profesionales en Ciencias Económicas “cuenten con un plazo adicional para adoptar la decisión que consideren conveniente y para desarrollar las tareas vinculadas a la repatriación”.
La Autoridad de Aplicación es la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Por otra parte, el Gobierno publicó el decreto 375/2024 donde se postergaron los efectos de “los incrementos en los montos de los impuestos precitados, derivados de las actualizaciones correspondientes al primer, segundo, tercer y cuarto trimestres calendario del año 2023, para la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil, conforme a un cronograma de gradualidad”, hasta el 1° de junio.
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