• miércoles 29 de octubre del 2025
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El Gobierno lanzó nuevas medidas de seguridad para operaciones con tarjetas de crédito y débito

Desde la Secretaría de Comercio se resolvió la nueva normativa para los comercios: deberán poner a disposición del consumidor las terminales de captura de datos o "POS", para que en ningún momento pierda el control o quede desapoderado de la tarjeta.

El Gobierno Nacional publicó este martes la Resolución 87/2024 donde se establecen nuevas medidas de seguridad para los transacciones comerciales en los comercios: “Deberán poner a disposición del consumidor las mismas de modo tal que, en ningún momento, pierda el control o quede desapoderado de su tarjeta, ni aun momentáneamente, hasta la completa finalización de la operación”. 

La norma publicada este martes en el Boletín Oficial lleva la firma del Secretario de Comercio Pablo Agustin Lavigne, y apunta a reducir el indice de fraude o estafas al momento de realizar pagos con tarjetas personales. 

“El hecho de que el consumidor pierda el control respecto del uso de su tarjeta de crédito, compra o débito, o quede desapoderado de la misma -aun temporariamente-, cuando realiza una compra o locación de bienes o servicios, ha dado lugar a la apropiación indebida de datos del consumidor para consumar hechos de fraude”, indica la normativa.

El Gobierno argumenta además sobre la reiteración de hechos de fraude informático en el mercado, “consistentes en capturar los datos de los consumidores contenidos en sus tarjetas de crédito, compra o débito, que, con posterioridad, son utilizados para la comisión de hechos ilícitos”, creando enormes perjuicios para las personas.

La Resolución incluye a los comercios con posibilidad de realizar transacciones comerciales con tarjetas de crédito, compra o débito (art. 1 de la Ley 25.065), y operen con terminales electrónicas para el pago de operaciones (terminales de captura de datos o “POS”). De tal forma, tendrán que poner siempre a disposición del consumidor los plásticos, “hasta la completa finalización de la operación”. 

Son 180 días el plazo establecido para la adecuación de los proveedores para adaptar los servicios de atención al cliente de acuerdo a lo establecido en la norma. Por último, la medida entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.


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