La Provincia de Misiones había accionado contra el Estado Nacional por las modificaciones sobre el Instituto Nacional de Yerba Mate.
El juez federal de feria Gallandat Luzuriaga se declaró incompetente y remitió el expediente a la Corte Suprema de Justicia, ante el pedido cautelar realizado por la Provincia de Misiones para suspender los efectos introducidos por el DNU 70/2023, en relación al Instituto Nacional de Yerba Mate. Será la segunda causa que llegará a los estrados del Máximo Tribunal sobre el Mega DNU de desregulación económica.
El Fiscal de Estado de la Provincia de Misiones había presentado una medida cautelar de no innovar con la finalidad de que el Estado Nacional "se abstenga de aplicar en su texto integral el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 y, en especial, que se abstenga y/o cese de aplicar, emitir, realizar, resolver y/o ejecutar toda norma o acto que derive de su vigencia o que fuere dictado en su cumplimiento, en relación a las modificaciones introducidas al texto de la Ley N° 25.564 de creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate conforme lo dispuesto en los artículos 164, 165, 166, 167 y 168 del citado DNU".
En primer lugar, Gallandat Luzuriaga habilitó la feria, en atención a los derechos que pretende amparar la acción solicitada. Asimismo, interpretó que la causa corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema, en los términos del artículo 117 de la Constitución Nacional. "Es decir que al ser una Provincia parte en un proceso y tener manifiesto contenido federal, el caso se revela como aquellos reservados a la jurisprudencia originaria del Máximo Tribunal del país", sostuvo el juez federal.
En ese orden de ideas, sería el segundo expediente que llega al despacho del Máximo Tribunal sobre la impugnación al DNU 70/2023, tras la acción presentada por La Rioja contra el Estado Nacional. Gallandat Luzuriaga tuvo en consideración este precedente: "Tengo en cuenta también que, conforme ha tomado estado público, existe una acción iniciada como competencia originaria ante la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación por la Provincia de La Rioja contra el Estado Nacional, en la cual también se solicita la inconstitucionalidad del DNU 70/2023 del P.E.N.".
Por ello, el juez federal resolvió declarar la incompetencia del Juzgado Federal de 1ª Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de lo Contencioso Administrativo de Posadas y remitir las actuaciones a la Corte Suprema, atento la competencia originaria y exclusiva de la causa.