• lunes 09 de diciembre del 2024
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Casación revocó el sobreseimiento de Cristina Kirchner en las causas Hotesur y del Memorándum de Entendimiento con Irán

Los jueces Diego Barroetaveña y Daniel Petrone consideraron que la prueba sobre la que se basó el sobreseimiento en ambas causas no sería de un carácter "novedoso" que habilitara a dictar el sobreseimiento antes del debate. Ahora ambas causas de encaminarían a juicio oral en Comodoro Py.

La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, con los votos de Diego Barroetaveña y Daniel Petrone, resolviò revocar los sobreseimientos de la vicepresidenta y de otros ex funcionarios dispuestos en la causas "Hotesur-Los Sauces" y del Memorándum de Entendimiento con Irán.

La decisión de Casación implica que las dos causas donde se encuentra investigada la ex presidenta arriben a juicio oral para determinar si es o no responsable de los delitos que se le imputan.

Causa Hotesur-Los Sauces.

En la primera de ellas, conocida como causa “Hotesur” y “Los Sauces”, se investigaba por supuesto lavado de dinero con alquileres de propiedades y plazas hoteleras de las sociedades Hotesur y Los Sauces, de titularidad de Cristina Kirchner y de su marido, el fallecido presidente Néstor Kirchner. Allí también se investigaba al empresario Lázaro Báez, a los hijos del matrimonio –Máximo y Florencia- y a casi otras treinta personas.

En noviembre de 2021, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 había dispuesto el sobreseimiento de los imputados o la imposibilidad de proseguir el trámite y la declinatoria de competencia parcial en favor del Tribunal Oral Federal de Santa Cruz.

Para ello, habían tomado como base fundamental los requerimientos de elevación a juicio de las causas conocidas públicamente como “Obra Pública” y “Oil Combustibles”.

Para los jueces Barroetaveña y Petrone, sin embargo, la fundamentación dada por los jueces de primera instancia era deficitaria, ya que el sobreseimiento se apoyó en la producción de prueba novedosa, aspecto que los magistrados de casación cuestionaron.

Por otro lado, la decisión de Casación optó por confirmar el sobreseimiento de Florencia Kirchner –hija de la ex presidenta-, por considerar que la asociación de la que se le acusa de haber formado parte “se habría conformado cuando aquella era una niña y al momento de su ingreso -tras el fallecimiento de su padre- las operaciones objetadas que se le atribuyen a esa organización ya se encontraban consolidadas, con su madre y hermano mayor con roles preponderantes, en un contexto donde el peso de la autoridad familiar no podía serle indiferente”.

Causa Memorándum de Entendimiento con Irán.

La segunda causa que Casación dispuso su reapertura se trata del proceso penal iniciado por la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán, suscripto por la República Argentina en el año 2013 -durante el mandato presidencial de Cristina Fernández de Kirchner- y el gobierno de la República Islámica de Irán.

Ese Memorándum –ratificado por el Congreso de la Nación- se vinculaba sobre el ataque terrorista a la sede de la AMIA, realizado en Buenos Aires el 18 de julio de 1994.

Por la firma de ese memorándum, el fallecido Fiscal Federal, Alberto Nisman, había presentado una denuncia que relacionaba la supuesta creación de la Comisión de la Verdad por el Memorándum y la baja de las notificaciones rojas de Interpol con un encubrimiento y/o entorpecimiento del atentado a la AMIA. Sin embargo, el Juez Federal Daniel Rafecas desestimó la denuncia por considerar que lo expuesto por Nisman no constituía comisión de delito alguno.

Posteriormente, el difunto juez Claudio Bonadío, dispuso la reapertura de la investigación penal contra Cristina Fernández de Kirchner por supuesta traición a la patria en la que habría incurrido al firmar el Memorándum, a la que luego se sumaron como imputados el ex canciller Héctor Timerman, Eduardo Zuain, Carlos Zannini, Oscar Parrilli, Angelina Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Luis D’Elía, Fernando Esteche, Jorge Khalil y Ramón Bogado.

En octubre de 2021, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°8 absolvió a la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner y a los otros ex funcionarios, que habían sido llevados a juicio por “traición a la patria” por la firma del Memorándum de entendimiento con la República Islámica de Irán.

Los jueces María Gabriela López Iñiguez, Daniel Obligado y José Michilini también sobreseyeron al actual procurador del Tesoro de la Nación, Carlos Zannini, al senador Oscar Parrilli, al viceministro de Justicia, Juan Martín Mena, y al ministro de Desarrollo de la Comunidad bonaerense, Andrés Larroque, entre otros. La decisión, que dejó asentada que el proceso “no afecta el buen nombre y el honor del que hubieran gozado las personas antes mencionadas”, también se hizo extensiva al difunto ex canciller, Héctor Timerman, quien falleció durante la tramitación de la causa.

Allí, los magistrados habían afirmado que el supuesto delito de "traición a la patria" que se les imputa, se trata de una cuestión política no justiciable que queda exenta del control de la justicia:

…la presunta maniobra delictiva endilgada a las personas sometidas a proceso, en definitiva, se trata de una cuestión que concierne a las atribuciones inherentes a los Departamentos Ejecutivo y Legislativo de la Nación y constituye, entonces, una cuestión política cuyo acierto o desacierto se encuentra excluida del control jurisdiccional, al menos del que compete a este Tribunal de Juicio”.

Ahora, la Cámara Federal de Casación Penal vuelve para atrás con las conclusiones expresadas por el Tribunal Oral, y dispuso revocar el sobreseimiento contra Cristina Kirchner y otros ex funcionarios.

Al igual que en el caso “Hotesur”, Barroetaveña y Petrone expresaron que el informe de Interpol del 22 de junio de 2020 recibido en el marco de la investigación residual y que motivó el dictado del sobreseimiento, no constituía una “prueba novedosa” que encuadre en el artículo 361 del Código Procesal Penal de la Nación y que habilitara al sobreseimiento sin realización del juicio oral.

Aquel informe expresaba que el memorándum firmado no implicaba ningún tipo de cambio en el estatus de las notificaciones rojas publicadas por Interpol y que recaían sobre los ciudadanos iraníes requeridos por la justicia argentina.

Para Petrone y Barroetaveña, el sobreseimiento durante la etapa de juicio es “excepcional” y solo procede “cuando se verifique un motivo que torne innecesaria la realización del debate que haya surgido del análisis efectuado a partir de nuevas pruebas producidas con posterioridad al requerimiento de elevación a juicio”, situación que no se habría configurado.

Finalmente, Casación dispuso adicionalmente el apartamiento de los jueces Daniel Horacio Obligado y José Antonio Michilini y de la jueza Gabriela López Iñiguez, dado que para disponer el sobreseimiento anteriormente “ingresaron en el análisis de la plataforma fáctica de la acusación, examinaron prueba y adoptaron una decisión sobre la atipicidad de las conductas reprochadas a las personas imputadas”, lo que importa un “prejuzgamiento” que quiebra la garantía de imparcialidad para las partes del proceso.         


Accedé a la sentencia en la causa “Hotesur”.

Accedé a la sentencia en la causa “Memorándum de Entendimiento con Irán”.

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