Dividirá en tres los tipos de usuarios residenciales, según nivel de ingresos y titularidad de bienes. Los usuarios de mayores ingresos pasarán a abonar a fin de año el valor completo de la factura.
El Poder Ejecutivo Nacional publicó en el suplemento del Boletín el régimen de segmentación de subsidios a usuarios y usuarias residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red. La medida busca “lograr valores de la energía razonables y susceptibles de ser aplicados con criterios de justicia y equidad distributiva".
Según refiere el Decreto, el régimen de segmentación dividirá en Nivel 1, 2 y 3, según los usuarios sean de ingresos altos, bajos o medios respectivamente.
Respecto al “Nivel 1 – Mayores ingresos”, se determina que tendrán a su cargo el costo pleno del componente energía del servicio y estará integrado por usuarios/as que tengan al menos una de las siguientes condiciones:
En segundo lugar, el “Nivel 2 – Menores Ingresos” estará integrado por usuarios/as a los/as que solo se les aumentará la tarifa hasta un 40% del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior, en virtud de reunir alguna de las siguientes condiciones: -considerado en conjunto a los y las integrantes del hogar-:
Por último, el “Nivel 3 – Ingresos Medios” se encontrará comprendida por usuarios/as no comprendidos en los niveles 1 y 2 a quienes se les aumentará la tarifa hasta un 80% del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior, en virtud de reunir alguna de las siguientes condiciones: -considerado en conjunto a los y las integrantes del hogar:
Asimismo, serán incluidos en este nivel quienes, pudiendo integrar el Nivel 2 Menores Ingresos, en virtud de reunir alguna de las condiciones a), c) o e) señaladas precedentemente para dicho nivel: i) sean propietarios o propietarias de DOS (2) o más inmuebles, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, o ii) sean propietarios o propietarias de UN (1) vehículo de hasta TRES (3) años de antigüedad, excepto los hogares donde exista al menos un o una conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD)
Entre otros aspectos relevantes, el Decreto indica que los usuarios y usuarias residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red que integran los Niveles 2 y 3 detallados en el artículo precedente no tendrán un nuevo incremento en las facturas para el año 2022.
Respecto a los usuarios y las usuarias comprendidos en el segmento del Nivel 1, el decreto informe que pagarán el costo pleno de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red contenido en la factura, pero que el proceso se realizara en forma gradual y en tercios bimestrales, de modo tal que, al finalizar el año en curso, estén abonando el costo pleno de la energía que se les factura.
Por último, el Poder Ejecutivo creó el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) y el Registro Nacional Único de Titulares de Servicios Públicos Esencial (ReNUT), que tendrán por objetivo inscribir a los usuarios y las usuarias residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por redes que soliciten el subsidio del Estado Nacional, y administrar el flujo de datos y de información para el ámbito Nacional, conociendo la composición cualitativa y cuantitativa de los usuarios y las usuarias de los servicios públicos respectivamente.