• viernes 17 de enero del 2025
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Causa IVE en Mar del Plata: rechazaron el recurso extraordinario federal

Los camaristas entendieron que el rechazo de una medida cautelar no se equipara a una sentencia definitiva, más aún cuando no se acreditaron supuestos de arbitrariedad o de gravedad institucional.

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata rechazó el recurso extraordinario federal presentado por el ex diputado Héctor Adolfo Seri, en la causa donde se había declarado la inaplicabilidad de la Ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, luego revocada por esta misma cámara.

El 1° de julio pasado, la Cámara había revocado la medida cautelar dispuesta por el juez Alfredo Eugenio López, que un mes antes había suspendido la aplicación de la Ley N°27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo. En esa decisión, los camaristas ordenaron el archivo de la causa y emitieron un llamado de atención al magistrado de primera instancia por su apartamiento del derecho vigente.

Según la parte actora, esa decisión dictada por la Cámara se enmarcaba dentro de un supuesto de “arbitrariedad de sentencia”. Además, por los derechos en juego –derechos del niño por nacer-, también suscitaba una cuestión federal que ameritaba el entendimiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

A la hora de resolver, la Cámara –integrada por los jueces Alejandro Osvaldo Tazza y Eduardo Pablo Jiménez- consideró que el recurso presentado por Seri solo se dedicaba a exponer las discrepancias con lo resuelto, sin argumentar la existencia de una decisión arbitraria. Así, señalaron que el actor no demostró que la decisión fuera palmaria o inequívocamente carente de fundamentación.

En el mismo sentido, señaló que –por regla- las medidas cautelares no revisten carácter de sentencia definitiva que ameriten la via del recurso extraordinario federal, y que tampoco pudo acreditarse un supuesto de gravedad institucional que hiciera una excepción a esa regla.

 

Accedé a la sentencia.

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