La jueza consideró que el cultivo era realizado con el objetivo de paliar los padecimientos físicos de su progenitora.
La titular del Juzgado de primera instancia de Control de Lucha contra el Narcotráfico de Córdoba, María Dolores Morales, sobreseyó a una persona imputada por cultivar plantas de cannabis con fines medicinales.
El caso surgió luego de que en un allanamiento por la presunta comisión de un homicidio, personal policial ingresó en el domicilio de G.N.F. y encontró nueve plantas de cannabis sativa junto con un medidor de temperatura, filtro extractor de aire, tres lámparas led y dos temporizadores.
En virtud del hallazgo, G.N.F fue imputado por el cultivo de plantas para producir estupefacientes previsto en el artículo 34 inciso 1 de la ley 23.737. Sin embargo, conforme con la prueba recolectada Ministerio Público Fiscal, a la hora del requerimiento, solicitó el sobreseimiento por entender que el imputado se encontraba amparado por la producción para uso medicinal de Cannabis sativa.
Para resolver el caso, la jueza tuvo en cuenta la declaración del imputado donde narró que utilizaba Cannabis sativa tanto para el cuidado de su salud, como el de su madre que padece de fuertes dolores crónicos. A su vez, valoró las distintas comunicaciones que mantuvo G.N.F con un médico para poder formar parte del registro de cultivadores medicinales -REPROCANN- que tiene como requisito previo la prescripción médica por parte de un profesional de la salud.
En función de la prueba, la jueza resolvió que encuadra en un caso de uso medicinal del Cannabis debido a que “el imputado no estaba vinculado al cultivo de plantas de cannabis con la intención de insertar su producido en la cadena de tráfico de estupefacientes sino que su verdadera vinculación estaba motivada en una finalidad benévola, esto es, ayudar a su progenitora a paliar los efectos de sus padecimientos físicos”.