• jueves 27 de marzo del 2025
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La Corte Suprema convalidó la suspensión de una pensión honorífica a un ex combatiente condenado por crímenes de lesa humanidad

Se trata de un ex integrante de la Marina, que fue condenado en el marco de la causa unificada ESMA. El máximo tribunal consideró que la percepción del beneficio honorífico es incompatible con la comisión de delitos de lesa humanidad.

En un voto dividido, la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la decisión de la ANSES de suspender la pensión honorífica a un ex combatiente de Malvinas condenado por crímenes de lesa humanidad en la causa unificada ESMA.

El voto mayoritario, conformado por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, adhirió al dictamen del Procurador Fiscal Víctor Abramovich, que consideró que la percepción del beneficio honorífico es incompatible con la comisión de delitos de lesa humanidad.

La causa se inició luego de que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) suspendiera, en forma preventiva, el pago de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur, en virtud de que Juan Carlos Rolón se encontraba imputado como autor de delitos de lesa humanidad.

Esa decisión, fue luego confirmada por el Juzgado Federal de la Seguridad Social N°10 de la Capital Federal, que rechazó la demanda de Rolón.

Sin embargo, la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social, por mayoría, revocó la sentencia de primera instancia y ordenó que se deje sin efecto la suspensión preventiva del pago de la pensión honorífica de Rolón, en tanto el Decreto 1357/04 solo impide su percepción en casos de condena por estos crímenes.

Esa decisión fue apelada por la Anses, quien manifestó que luego de la suspensión de la pensión, Rolón fue procesado nuevamente como autor de delitos que implican violaciones a los derechos humanos y atentados contra valores democráticos que comprenden la dignidad y la paz de la Nación, algo que “contraviene el fin querido por la norma al reconocer a quienes pusieron su vida en riesgo por nuestro país”.

Previo a que la causa llegue a la Corte Suprema, Rolón fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5 a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad cometidos en la ESMA durante la última dictadura cívico-militar, en el marco de la causa ESMA unificada.

En su decisión, la Corte adhirió al dictamen de la Procuración que –en línea con lo expuesto en el caso del represor Jorge Eduardo “el tigre” Acosta- expresó que la pensión honorífica “es un beneficio otorgado en reconocimiento por los servicios prestados a la Nación y que, por tal razón, resulta incompatible con el hecho de ser condenado por la comisión de delitos contra la humanidad”.

Al respecto, señaló que se trata de una pensión de naturaleza no contributiva –no sustentada con aportes hechos por el beneficiario- y es compatible con cualquier otro beneficio previsional que tenga.

Seguidamente, el Procurador Fiscal Víctor Abramovich afirmó que “la comisión y participación en delitos aberrantes ejecutados desde el aparato estatal o en hechos que atenten contra el sistema democrático, repugna cualquier reconocimiento que pretenda fundarse en el honor de servir a la Nación argentina”.

Por ello, la Corte Suprema confirmó la decisión provisional tomada por la ANSES de suspender el pago de la pensión de guerra, por considerar que ello no vulnera derechos fundamentales de Rolón.

En disidencia, el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz y la jueza Elena Highton, votaron por rechazar el recurso extraordinario federal presentado por la ANSES.

 

Accedé a la sentencia.

 

 

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