Se destaca el procedimiento hacia a la digitalización de los expedientes y las medidas de sanidad y salud para el ejercicio de la profesión. También, determinó el levantamiento de la feria judicial extraordinaria para juzgados de las jurisdicciones de Resistencia, General Roca, Paraná y Mar del Plata.
En el marco de las sucesivas disposiciones dictadas por el Máximo Tribunal del país, tendientes a garantizar la administración de justicia y de acuerdo a la situación epidemiológica de cada región, la Corte dictó las Acordadas N° 30 y 31, mediante las cuales dispuso el protocolo de actuación y funcionamiento mientras dure la pandemia de COVID-19. También, determinó el levantamiento de la feria para determinados tribunales, ello en los términos del segundo punto de la Acordada N° 27/2020.
En primer lugar, la Corte, a través de la Acordada N° 30, acordó el levantamiento de la feria extraordinaria para distintos juzgados de las jurisdicciones de Resistencia (Juzgados Federales de Resistencia, Formosa N° 1 y 2, Saenz Peña y Reconquista); General Roca (Juzgados Federales de Bariloche, General Roca, y Neuquén N° 1 y 2); Paraná (la totalidad de los Juzgados Federales) y Mar del Plata (Juzgados Federales de Dolores, Azul N° 1 y 2, Mar del Plata N° 1, 2, 3 y 4). Al igual que los anteriores levantamientos, los tribunales deberan ajustar su funcionamientos a las recomendaciones de sanidad y salud, en función de la situación epidemiológica.
Por otra parte, el Máximo Tribunal extendió la feria para determinados tribunales y dispuso un protocolo de actuación para los ya habilitados. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y la respectiva en lo Comercial manifestaron su imposibilidad de levantar la feria, asímismo, para los juzgados de las jurisdicciones de las cámaras federales de La Plata y Salta se extendió la feria hasta el 3 de agosto.
Cabe aclarar que a partir de la Acordada N° 27 se había dispuesto el levantamiento de la feria para la Corte Suprema, y de los tribunales orales, cámaras y juzgados de primera instancia que no se hubiera dispuesto su habilitación. En ese sentido, la nueva acordada viene a dar funcionamiento y actuación a aquellos tribunales. Entre las principales medidas se destacan tres protocolos específicos de actuación para el personal que concurra a los juzgados adopte las medidas de sanidad e higiene necesarias, como también, el tránsito hacia la digitalización de los expedientes.
Accedé a las Acordadas N° 30 y 31.