Una importante decisión sobre el derecho constitucional de los pueblos originarios.
Destacó que no siempre que entren en conflicto los intereses territoriales particulares o estatales y los intereses territoriales de los miembros de las comunidades indígenas, deben prevalecer lo últimos sobre los primeros.
La jueza Niremperger consideró responsable al Estado Nacional por los asesinatos de integrantes de los pueblos Qom, Moqoit y criollos, ocurridos en 1924.
Mediante la opinión consultiva número 29 determinó la especial protección de la dignidad humana de mujeres embarazadas, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores, LGTBI y pueblos originarios privados de su libertad
El 19 de julio de 1924, cientos de integrantes del pueblo Toba fueron asesinados por miembros de la Policía Montada y de Gendarmería. Cien años después, la herida sigue abierta.
Una decisión de la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia en torno a tierras del dominio público nacional.
La demanda había sido promovida por la comunidad Toba de Nam Qom a fin de que se cumpla con la intervención previo a la instalación de una planta de dióxido de uranio en Formosa. El Máximo Tribunal sostuvo que el Convenio 169 de la OIT solo habilita a la consulta en casos de medidas administrativas o legislativas que capaces de menoscabar o perjudicar directamente los derechos de las comunidades aborígenes.