Se da en el marco de la declaración de emergencia pública en materia ocupacional por el término de 180 días.
El presidente Alberto Fernández firmó, en la noche del viernes, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 34/2019 referido a la declaración de emergencia pública ocupacional por el lapso de 6 meses y al establecimiento del derecho a percibir el doble de la indemnización correspondiente por despido sin causa, durante la vigencia de ese plazo.
La disposición se incorporó como suplemento a la edición del viernes 13 de diciembre del Boletín Oficial y en potestad del artículo 99, incisos 1 y 3, de la Constitución Nacional.
Entre los fundamentos del decreto se tiene en cuenta que la tasa de desempleo se ha incrementado hasta el 10,6% en el segundo trimestre de 2019, un punto porcentual superior a un año atrás. Además, se argumenta “que desde el 20 de mayo de 2016 se perdieron 111 mil puestos de trabajo asalariado registrado privado: en mayo de 2016 había 6.178.000 trabajadores y trabajadoras y 3 años después, en septiembre de 2019, 6.067.000”.
También, la norma aclara que a los fines de generar nuevos empleos resulta pertinente que la disposición no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad a la entrada en vigencia del DNU.
Cabe aclarar que el Congreso en el 2016 había sancionado el proyecto de Ley N° 27.251 que contenía la prohibición de los despidos sin causa por el plazo de 180 días. Sin embargo, el ex presidente Mauricio Macri, a través del Decreto 701/2016, vetó en su totalidad el contenido del mismo.