Intervino como subrogante del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 1, con competencia electoral.
El juez federal Ariel Lijo otorgó una cautelar a Leandro Vergara y Ricardo Gelpi -decano y rector de la UBA- y suspendió el trámite de la elección para decidir el representante de los profesores titulares de universidades nacionales en el Consejo de la Magistratura. Intervino como subrogante del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 1, con competencia electoral.
La causa se enmarca en un amparo promovido por el decano de la Facultad de Derecho UBA, Leandro Vergara y el rector de la entidad, Ricardo Gelpi quienes peticionan la inconstitucionalidad del reglamento y cronograma electoral aprobado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), órgano encargado de realizar los comicios para elegir al representante académico en el Consejo de la Magistratura de la Nación.
El pasado 5 de agosto el Comité Ejecutivo del CIN dispuso el cronograma y el reglamento para llevar a cabo la elección del representante profesor/a de carreras de abogacía de las universidades nacionales ante el Consejo de la Magistratura. Allí, el CIN estableció un mecanismo de elección indirecta, a través de colegios electorales y un cronograma a desarrollarse durante el mes de septiembre, similar a la elección desarrollada en 2022.
La UBA argumenta la inconstitucionalidad del sistema, en razón de exigir que los profesores titulares regulares de las facultades de Derecho de las universidades nacionales puedan elegir de manera directa, personal y sin distorsiones a su representante.
La jueza electoral María Romilda Servini se había declarado incompetente y remitido la causa al fuero contencioso, ya que el propio Vergara había iniciado un planteo conexo en la anterior elección que se encuentra en etapa recursiva en la Corte Suprema de Justicia. Sin embargo, la Cámara Nacional Electoral revocó esa decisión. Los letrados del CIN interpusieron recurso extraordinario que ya tiene traslado a la otra parte.
En paralelo, se tramitó el incidente cautelar de la causa. Ariel Lijo, quien ocupa transitoriamente ese lugar del 22 al 28 de septiembre, por licencia de Servini, otorgó la cautelar. El magistrado tuvo en cuenta que, de mantenerse el cronograma electoral en curso, se tornaría ilusoria la pretensión de fondo de los accionantes, ya que, el debate central consiste en determinar si la elección de los representantes del ámbito académico debe realizarse mediante un Colegio Electoral o a través del voto directo.
"La medida solicitada puede tener acogida favorable en esta instancia primigenia, hasta que sean analizadas en conjunto las normas que la accionada tacha como nulas o inconstitucionales, puesto que se habría establecido de manera definitiva un Reglamento Electoral que tuvo carácter de transitorio y que fuera puesto en funcionamiento para la elección anterior en virtud de la perentoriedad de los plazos establecidos por el Supremo en el fallo referido anteriormente", esgrimió el juez.
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