El homicidio de Nicolás Pacheco ocurrió en la madrugada del 24 de enero de 2013 en la sede de Villa del Parque, donde otras tres personas lo golpearon y lo arrojaron a la pileta para simular un accidente. Luego de la condena en sede penal, ahora la justicia civil condenó a la institución por incumplir su deber de seguridad, al considerar que el homicidio de un socio y periodista partidario dentro de una de sus sedes no fue un hecho imprevisible ni inevitable.
El Juzgado Nacional en lo Civil N° 13, a cargo de Jorge Ignacio Sobrino Reig, hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios promovida por los padres y el hermano de Nicolás Ezequiel Pacheco Gómez, socio y periodista partidario asesinado en enero de 2013 dentro de la sede de Racing Club ubicada en el barrio porteño de Villa del Parque. La sentencia responsabilizó civilmente al club por el incumplimiento del deber de seguridad y lo condenó, junto con los autores materiales del homicidio, a indemnizar a los familiares de la víctima.
El fallo tuvo por acreditado que en la madrugada del 24 de enero de 2013, Nicolás Pacheco fue brutalmente golpeado por otros tres socios dentro de las instalaciones del club y que, una vez fallecido, su cuerpo fue arrojado a la pileta con el objetivo de simular un accidente. Esos hechos ya habían sido probados en sede penal y derivaron en la condena firme de los agresores por homicidio simple, circunstancia que —según recordó el juez— impide discutir en el proceso civil tanto la existencia del hecho como la autoría.
En cuanto a la responsabilidad del club, el magistrado sostuvo que la relación entre la víctima y la institución debía analizarse como una relación de consumo, en la que rige una obligación de seguridad de resultado. Desde esa perspectiva, concluyó que Racing no logró acreditar la existencia de un caso fortuito que lo eximiera de responsabilidad. Por el contrario, la sentencia describió un grave y prolongado déficit en los controles internos: permanencia de personas fuera del horario autorizado, falta de control efectivo de ingresos y egresos, utilización irregular de las instalaciones y hasta la tolerancia de que algunas personas vivieran dentro del predio.
“El hecho de que dentro del establecimiento tres personas pudieran matar a golpes a otra, preparar una coartada durante horas y arrojar el cuerpo a la pileta sin que nadie lo advirtiera demuestra una absoluta falta de control y de medidas mínimas de seguridad”, afirmó el juez al rechazar la defensa del club.
En materia indemnizatoria, la sentencia reconoció importantes sumas en concepto de daño psicológico y tratamiento terapéutico para cada uno de los actores, además de una indemnización por pérdida de chance a favor de los padres, en función de la frustración de la ayuda económica futura que razonablemente podían esperar de su hijo.
La suma idemnizatoria alcanza los $199.720.000 con más sus intereses, cuya obligación recae tanto sobre el club Racing y los condenados por el homicidio de Pachecho: Enrique Armando Rulet, Juan Carlos Ezequiel Rodríguez y Aníbal Horacio Domínguez Butler.
Accedé a la sentencia completa
Órgano: Juzgado Nacional en lo Civil N.° 13
Autos: "Pacheco Vera, Miguel Enrique y otros c/ Racing Club Asociación Civil y otros s/daños y perjuicios”
Expediente: CIV 85325/2015
Fecha: 29/12/2025.
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