Así lo decidió el Juzgado Federal de Catamarca N.º 2. Además, dispuso que el organismo se abstenga de realizar nuevas suspensiones mientras se sustancia la causa.
El juez Guillermo Díaz Martínez, a cargo del Juzgado Federal de Catamarca N.º 2 hizo lugar a una medida cautelar y ordenó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restablecer, en un plazo de 24 horas, la totalidad de las pensiones no contributivas por invalidez que se suspendieron en la provincia, y que pague los haberes retenidos a sus titulares. Asimismo, dispuso que el organismo se abstenga de realizar nuevas suspensiones mientras se sustancia la causa.
La acción de amparo fue promovida por el Defensor del Pueblo de Catamarca, beneficiarios particulares y una entidad de la sociedad civil, quienes denunciaron que las suspensiones se dieron en el marco de auditorías médicas implementadas de manera irregular y bajo parámetros normativos cuestionados, entre ellos el Decreto 843/24, que reinstauró criterios restrictivos de acceso a las prestaciones.
Además, señalaron deficiencias en las notificaciones, exigencias de traslados desproporcionados y plazos exiguos, lo que afectó la posibilidad de ejercer una adecuada defensa administrativa.
El juez concedió legitimación extraordinaria al Defensor del Pueblo de la Provincia de Catamarca para actuar en representación del grupo afectado. Señaló que la vacancia prolongada en la Defensoría del Pueblo de la Nación y la falta de una ley que regule las acciones colectivas no podían traducirse en una denegación de justicia, especialmente tratándose de derechos sociales vinculados con la subsistencia y la vida digna de personas en situación de vulnerabilidad.
En ese marco, consideró fundado el derecho de los pensionados y acreditado el peligro en la demora, dado el carácter alimentario de la prestación y la especial vulnerabilidad del colectivo afectado.
Resaltó que la suspensión de pensiones no solo implicaba una merma económica, sino que comprometía directamente la posibilidad de mantener una subsistencia mínimamente digna, lo que hacía urgente su restablecimiento.
Finalmente, la medida cautelar será comunicada al Registro de Procesos Colectivos.
¿Te resultó útil lo que acabás de leer? Podés apoyarnos para que continuemos en esta tarea. Contribuí con tu suscripción para que nuestro contenido siga siendo abierto y podamos brindarte un servicio cada día mejor. Suscribirse.