La decisión consideró acreditados los requisitos para su trámite general y ordenó inscribir la causa.
El titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 3, Santiago Carrillo, admitió tramitar un proceso colectivo contra las normas del DNU 70/2023 y las resoluciones reglamentarias dictadas en consecuencia en tanto desregularon la actividad farmacéutica en el país.
Se trata de la causa iniciada por la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) y la Federación Farmaceutica (FEFARA) que, en diciembre del año pasado, presentaron una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el DNU 70/2023 ante la Justicia Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires en la que denunció "mercantilización" de la salud y diversos puntos que perjudican a sus afiliados, como también, a pacientes.
La causa, en primer término, tuvo una resolución que rechazó el planteo por considerar que las asociaciones no estaban legitimadas para litigar y que no había "caso judicial" por resolver. De ese modo, rechazó la presentación pero más tarde la Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal -en consonancia con el dictamen del fiscal Cuesta- les reconoció la aptitud para llevar adelante el planteo.
Asimismo, ese tribunal de alzada, decretó la medida cautelar peticionada por la COFA que suspendió las normas del DNU 70/2023 que afectan la actividad farmaceutica (artículos 313, 314, 315, 316, 317, 319, 320, 321, 323 y 324).
El expediente volvió a primera instancia y, ahora, el juez Carrillo resolvió la certificación del proceso colectivo y ordenó su inscripción en el Registro de la Corte Suprema. La decisión supone que las causas similares -planteadas como colectivas- que tramiten en otros tribunales del país deban ser enviados a dicha sede.
Además, en la resolución, convocó una audiencia para el próximo 17 de septiembre para que las partes acudan al Tribunal.
Juzg. Cont. Adm. Fed. N° 3, Expte. 48466/2023, "Confederación Farmacéutica Argentina", Resolución 11/08/2025.
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