Por las inundaciones acaecidas en marzo, se había sancionado con 153 afirmativos y 32 negativos un proyecto donde se creaba un fondo de 200 mil millones de pesos, entre otras iniciativas; el Gobierno argumentó que ya destinó ese monto mediante el decreto 238/2025.
El Presidente Javier Milei vetó la Ley N°27.790 la cual declaraba la emergencia y catástrofe por 180 días en los municipios de Bahía Blanca y Coronel Rosales debido a las inundaciones registradas durante marzo; el Poder Ejecutivo tomó la decisión este martes a través del decreto 424/2025 publicado en el Boletín Oficial.
La iniciativa de asistencia económica había sido sancionada el pasado 4 de junio en la Sesión Especial de la Cámara de Diputados, contando con 153 votos afirmativos y 32 negativos. En el proyecto se creaba un fondo de asistencia directa por 200 mil millones de pesos a efectuarse en un plazo no mayor a 30 días de sancionada la ley.
Con posterioridad a la presentación del proyecto dentro del Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo oficializó un subsidio por hasta 200 mil millones de pesos mediante el decreto 238/2025 dictado el 1 de abril con el mismo objetivo de responder a la situación de emergencia.
El pasado 7 de marzo un temporal sin precedentes cayó sobre ciertas regiones de la Provincia de Buenos Aires, especialmente sobre la localidad de Bahía Blanca; allí se contabilizaron 210 milímetros de agua entre las 5 y las 9 de la mañana, alcanzando un total de 290 milímetros en menos de 24 hs. Dentro de los 10 primeros días de marzo la ciudad acumuló un total de 320 milímetros precipitados, cifra nunca antes registrada.
En ese momento el Gobierno Nacional declaró Duelo Nacional por 3 días (decreto 178/2025). En ese entonces afirmó que el “pueblo de la Nación Argentina acompaña con su solidaridad y pesar el dolor de toda la población y de los familiares de las víctimas”. Luego recalcó: “La magnitud del lamentable suceso meteorológico ocurrido en la Ciudad de Bahía Blanca, y en diversas localidades cercanas ha provocado el fallecimiento y desaparición de numerosas personas”.
La ley asistía a quienes hubieran perdido totalmente su fuente de ingreso y por tanto se encuentren en una situación de emergencia económica y social. Mediante el artículo 5° se les otorgaba un plazo de gracia de al menos 180 días en las situaciones jurídicas obligacionales: contratos civiles y comerciales con prestaciones recíprocas; operaciones bancarias y financieras y ejecuciones hipotecarias, prendarias, judiciales y extrajudiciales.
El artículo 6° imponía llevar a cabo las obras de infraestructura con “recursos humanos y materiales de las zonas afectadas”. El artículo 8° establecía la instrumentación a través del Banco de la Nación Argentina de una línea de financiamiento con tasa preferencia y con un plazo de gracia destinada a la reconstrucción de viviendas familiares afectadas.
En el decreto 238/2025 dictado por el Gobierno el 4 de junio se estipuló la creación de un régimen especial de subsidios para residentes afectados, que consiste en una prestación monetaria no contributiva, fija en pesos, por única vez, y “cuyo destino será de compensar pérdidas materiales”. Se llamará Suplemento Único para la Reconstrucción (SUR) y el Jefe de Gabinete Guillermo Francos será el encargado de reasignar las partidas presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo decidido por el decreto.
El subsidio SUR puede ser percibido por 1 integrante del grupo familiar habitante del inmueble y se otorga a las personas “cuya vivienda fue afectada por la inundaciones acaecidas el 7 de marzo de 2025 en la Ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires”.
Según cifras oficiales, a la fecha se han inscrito un total de 37.546 personas, de las cuales 32.076 ya accedieron al pago del suplemento y 3.962 se encuentran en análisis. El veto publicado este martes lleva las firmas del Presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete Guillermo Francos y de la Ministra de Seguridad Nacional Patricia Bullrich.
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