• viernes 21 de marzo del 2025
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Instituto Nacional de Vitivinicultura: simplifican los trámites para el uso de la Indicación Geográfica (IG)

La Resolución 56/2024 se publicó este martes en el Boletín Oficial y apunta a simplificar los trámites “innecesarios”.

El Instituto Nacional de Vitivinicultura simplificó los trámites para la solicitud del derecho a uso de una Indicación Geográfica (IG) a través de la Resolución 56/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial.

“Autorízase de oficio, el derecho a uso de las Indicaciones Geográficas (IG) departamentales y/o provinciales, a aquellos establecimientos vitivinícolas radicados en dichas áreas”, sostiene el primer artículo de la norma. 

La simplificación será aplicable exclusivamente para las producciones y los establecimientos emplazados dentro de la IG departamental y/o provincial que elaboren y/o envasen el producto en la misma área geográfica en donde se encuentren los viñedos.

El principal objetivo del dictado de la norma es simplificar los trámites de los productos identificados con una IG disminuyendo los trámites “innecesarios”. “La presente medida se dicta en el ámbito de profundizar la desburocratización, simplificando procesos internos y utilizando sistemas informáticos para disminuir cargas sobre los inscriptos de este Instituto”, sostiene la norma firmada por el director del Instituto Nacional de Vitivinicultura Carlos Raul Tizio Mayer.

Las denominaciones de origen responden a la Ley 25.163, la cual tiene como objeto establecer un sistema de reconocimiento, protección y registro de los nombres geográficos nacionales para así designar el origen de los vinos y bebidas de naturaleza vínica. Las categorías actuales son: Indicación de Procedencia (IP), Indicación Geográfica (IG) y Denominación de Origen Controlada (DOC). “La IG sólo se justificará cuando determinada calidad y las características del producto sea atribuible fundamentalmente a su origen geográfico”, aclara la Ley.


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