La decisión surge luego de que se impugnara la medida tomada por la Junta Electoral Nacional del Partido Justicialista, que entendió no cumplidos los requisitos sustanciales establecidos para la convalidación de la lista interna.
La jueza Maria Romilda Servini, titular del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1, con competencia electoral, resolvió el recurso de apelación presentado por la lista interna “Federales, un grito de corazón” donde confirmó la Resolución n°6 de la Junta Electoral Nacional del Partido Justicialista. En la misma se había decidido no oficializar la lista interna en cuestión.
Indico la magistrada que “la presentación de avales es uno de los requisitos indispensables para oficializar los candidatos de las distintas líneas internas” y agregó que “debe entenderse como el estándar mínimo de consenso que debe reunir un candidato para aspirar a competir en una elección”.
Además, señaló que no se rebatió ni controvirtió las razones expuestas por la Junta Electoral Nacional con fechas 25 y 27 de octubre, que dieron sustento a su decisión y no acompañó ningún elemento que permita sostener que la Junta Electoral haya actuado de manera parcial favoreciendo a la otra lista participante.
La resolución judicial surge luego de que Ricardo Quintela presentará –a través de sus apoderados- una apelación respecto a la decisión que había tomado la Junta Electoral del Partido Justicialista. La misma, en base a supuestas anomalías en la confección de las listas de avales, resolvió no habilitar la lista para disputar la elección interna frente a la lista que encabeza Cristina Fernández de Kirchner.
En el escrito Quintela sostuvo que la Junta Electoral del PJ no era el órgano partidario imparcial que debería ser. Aseguró que, sin que ninguno sea un perito caligráfico, pusieron en duda la veracidad de las firmas y los acusó de no haberle dado un espacio físico en el partido para el momento en que se presentaron las listas.
Por último, la decisión tomada por la magistrada, conforme la Ley Orgánica de Partidos Políticos únicamente será susceptible de apelación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
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