• jueves 27 de marzo del 2025
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Transporte de pasajeros: aprobaron la nueva reglamentación

Comprende a los servicios de carácter urbano y suburbano. La medida se apoya en el DNU N°70/2023, con el objetivo de buscar una “mayor desregulación en materia de prestación y operación de servicios, promoviendo de ese modo un mayor nivel de competencia”.

El Gobierno Nacional aprobó este lunes una nueva reglamentación para el transporte de pasajeros de carácter urbano y suburbano, realizando una diferenciación entre el servicio público y el “servicio de oferta libre”, creando un Registro Nacional. La norma fue publicada en el Boletín Oficial bajo el Decreto 830/2024.

La iniciativa se apoya en el artículo 2° del DNU N°70/2023, donde se afirma la promoción y vigencia efectiva de un “sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo”. Entre los argumentos se afirma la intención de alcanzar la “más amplia desregulación” de las ramas del comercio y servicios. 

El nuevo reglamento crea el Registro Nacional de Transporte de Pasajeros por Automotor de Carácter Urbano y Suburbano, donde se incorporarán transportistas y/o empresas de transporte de pasajeros, disponiendo de una plataforma digital de acceso público, libre y electrónico.

Entre la diferenciación realizada por el decreto de los Servicios Públicos y los Servicios de Oferta Libre se aprecian las siguientes características:

- Públicos: aquellos servicios de transporte automotor de pasajeros urbano y suburbano todos aquellos que tengan por objeto satisfacer con continuidad, regularidad, generalidad, obligatoriedad y uniformidad, en igualdad de condiciones para todos los usuarios, las necesidades comunitarias de carácter general en materia de transporte.

- Oferta Libre: aquellos servicios de transporte automotor de pasajeros urbano y suburbano con “actividades comerciales de transporte que se desarrollan a costo y riesgo del transportista y/o empresa de transporte”.

Para el Gobierno la aprobación de un nuevo marco normativo de estas características introduce regulaciones más “ágiles y flexibles” al sistema de transporte, con la finalidad de implementar una “mayor desregulación en materia de prestación y operación de servicios, promoviendo de ese modo un mayor nivel de competencia”. También acentúa en los Servicios de Oferta Libre donde los prestadores puedan “establecer libremente recorridos, horarios, precios, modalidades y vehículos”.

Este régimen se implementará en un plazo máximo de 60 días hábiles administrativos desde la entrada en vigencia del presente decreto, y lleva las firmas del Presidente Javier Milei, el Jefe de Gabinete Guillermo Francos y el Ministro de Economía Luis Caputo.


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