Se emitirán sin fecha de vencimiento los C.U.D. solicitados por personas que tengan emitidos dos certificados previamente, por personas mayores de 60 años con un período de cinco años encontrándose en igual situación, y por personas que necesiten equipamiento o dispositivos para preservar sus funciones vitales.
La Agencia Nacional de Discapacidad aprobó nuevos criterios para emitir el Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento tal como lo impone la Resolución 1654/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
El anexo que aprueba los criterios, establece que se otorgará el CUD sin fecha de vencimiento frente a "personas que al momento de la evaluación tengan emitidos previamente dos (2) certificados de discapacidad, cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo, haciendo hincapié en el calificador de capacidad del componente Actividad y Participación (CIF)".
Asimismo, también se otorgará sin fecha de vencimiento para aquellas personas mayores de 60 años que "mantengan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos 5 años". Lo mismo para personas que al momento de la evaluación "requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar las funciones vitales".
“Es fundamental simplificar y desburocratizar los trámites, proporcionando transparencia en los procedimientos de certificación, y asegurando el acompañamiento permanente del Estado”, se expresa en los considerandos de la norma, incluyendo la actualización sistemática de datos de personas certificadas, para un seguimiento continuo y adecuado de sus necesidades y sus derechos.
La medida entrará en vigencia a partir de la fecha de publicación de la presente en el Boletín Oficial de la República Argentina y lleva la firma del Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad, Diego Orlando Spagnuolo.