A través del decreto 606/2024, reglamentó la normativa donde se beneficia a contribuyentes en mora, a sujetos alcanzados por el Impuesto a Bienes Personales y a aquellos que deseen regularizar activos.
Este viernes, el Poder Ejecutivo reglamentó la Ley del paquete fiscal Nº 27.743 nombrada “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”. En particular, especificó los alcances de los capítulos referidos a Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, de Regularización de Activos del país y del exterior, y el Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP).
De esta forma, se implementó el paquete fiscal logrado por el gobierno dentro de una de sus dos primeras leyes de gobierno, junto con la Ley Bases. El decreto entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín y lleva las firmas del Presidente Javier Milei, el Ministro de Economía Luis Caputo y del Jefe de Gabinete Guillermo Francos.
Dentro del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, enmarcado en el artículo 1 se estipula que la cancelación de las obligaciones incluidas en el marco de lo previsto en el Régimen del Título I de la Ley N° 27.743, producirá la extinción de la acción penal.
Por el lado del Régimen de Regularización de Activos del país y del exterior, permite a personas adherirse siendo residentes fiscales en el país al 31 de diciembre del 2023 y a las personas humanas no residentes que hubieran sido residentes fiscales en el país antes de esa fecha. Este Capítulo se divide en 3 etapas, para realizar la manifestación de adhesión, el pago del impuesto especial de regularización y la alícuota aplicable.
Uno de los puntos a destacar es la reducción del Impuesto de Bienes Personales, disminuyéndo del 1,25% al 0,50% y 0,25% de manera progresiva. Así cómo, el capítulo especial de regimen de ingreso que tiene como finalidad pago y regularización de dicho tributo.