Dos abogados intentaron un amparo colectivo por entender que su ilegitimidad afecta a todos los habitantes de la Nación, la jueza determinó que no había "caso judicial".
El Juzgado Federal de Neuquén n°1, a cargo de la jueza María Carolina Pandolfi, declaró inadmisible el planteo colectivo de dos letrados contra el DNU 70/2023 y lo rechazó in limine, toda vez que no se reunían los presupuestos básicos para habilitar la jurisdicción del tribunal.
La magistrada explicó que “la existencia de un caso es imprescindible, ya que no se admite una acción que persiga el control de la meta legalidad de una disposición”. Seguidamente, a la hora de examinar la legitimación que invocaban -su condición de ciudadanos en representación de todos los habitantes de la República Argentina-, observó que “no se habían detenido a analizar los efectos comunes de la pretensión colectiva que ejercen, sino que se limitaban a indicar que no existen pretensiones individuales”.
A su vez que no explicitaban que derechos se pretendían defender, librándolo a la suerte de la generalidad. Por eso, la jueza Pandolfi consideró que en vistas de la amplia gama de materias que la norma regula potencialmente se generan perjuicios para algunos, así como también beneficios para otros. De lo cual dedujo que la afectación no es única ni común a todos los que se pretende representar.
Tampoco tuvo por verificado el presupuesto negativo de que el ejercicio individual no aparezca plenamente justificado, toda vez que no existían motivos relevantes para concluir que cada afectado en particular inicie no pudiese iniciar una acción tendiente a resguardar sus derechos.
Por ello resolvió declarar inadmisible el proceso colectivo y rechazar in limine la acción de amparo.
Por último, en cuanto a las costas determinó que debían ser soportadas por los actores, “quienes por derecho propio han invocado su propio patrocinio, razón por la cual no corresponderá regular sus honorarios profesionales por extinguirse su crédito por confusión”.
Accedé a la sentencia (FGR 20154/2023 "Mansilla, Mariano")