• sábado 22 de marzo del 2025
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El Gobierno promulgó la nueva Ley de Alquileres

Entre las modificaciones se incluyen la obligación de publicar alquileres en pesos, un plazo mínimo de 3 años y la actualización semestral tomando el Coeficiente Casa Propia de referencia. La norma comenzará a regir desde este miércoles.

El Gobierno Nacional promulgó las modificaciones del Código Civil y Comercial de la Nación donde se incluyen los nuevos cambios de la Ley de Alquileres 27.551. Lo hizo a través del Boletín Oficial, y comenzará a regir a partir de este miércoles.

Los puntos centrales de la norma se encuentran la especificación de la moneda obligatoria, el período de actualización y el índice en el cual basar los aumentos. 

Al igual que la Ley votada en 2020, se mantiene el plazo mínimo de 3 (tres) años de duración del contrato. “El contrato de locación de inmueble (...) se considera celebrado por el plazo mínimo legal de tres (3) años”, resalta el texto legal. Las excepciones únicas son si la locación es: sede de embajada, guarda de cosas, inmuebles de turismo/descanso y ferias o mercados.

El texto promulgado por el Ejecutivo prohíbe la publicación y comercialización en dólares, detallando al peso nacional como única moneda válida. “En los contratos de locación de inmuebles con destino a uso habitacional, el precio del alquiler debe fijarse como valor único, en moneda nacional”.

Frente a una creciente dolarización del mercado de alquileres y una presión de los alquileres turísticos sobre los alquileres habitacionales, la Ley establece la obligación fijar el precio del alquiler en moneda nacional, impactando también sobre las publicidades y las publicaciones en plataformas que promocionen alquileres con destino habitacional.

En cuanto a las subas o actualizaciones del precio, los intervalos no pueden ser inferiores a seis meses. De esta manera se reducen las actualizaciones de 1 año a 6 meses. De esta manera al mes número 7 de cada contrato, se podrá ajustar el precio de acuerdo al Coeficiente Casa Propia: este indicador lo elabora mensualmente el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat. Se encuentra previsto para ajustar las cuotas de los beneficiarios del Programa Procrear.

De esta forma no continuará rigiendo el Índice de Contratos de Locación, que comparativamente resultaba superior. 

El argumento de permitir subas cada un período de tiempo menor, es evitar una pérdida de rentabilidad para el locador al congelarse el precio durante 1 año, generando a su vez un monto abultado en los valores al momento de renovar contratos, donde cada propietario busca adelantarse a la inflación. 

Además se estipula por el lado de los aumentos, que deberán basarse en los índices públicos: “Los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), publicado por el INDEC y la variación del Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), publicado por el Banco Central de la República Argentina”.

El texto de la norma está firmado por la Vicepresidenta Cristina F. Kirchner, la Presidenta de la Cámara de Diputados Cecilia Moreau, y los funcionarios Marcelo Jorge Fuentes y Eduardo Cergnul. 

El decreto 533/2023 de promulgación está firmado por el Presidente Alberto Fernández, el Ministro de Economía Sergio Massa, el Ministro de Justicia y DD.HH. Martín Soria y el Jefe de Gabinete Agustín Rossi.


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