• jueves 04 de diciembre del 2025
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El Procurador Casal dictaminó en contra de la posibilidad de que Sergio Uñac se postule a la Gobernación de San Juan

Lo hizo en el marco de la causa "Evolución Liberal" en la que se cuestionó la aptitud del actual mandatario sanjuanino para una nueva postulación electoral para el cargo de Gobernador. Ahora deberá definir la Corte Suprema

El Procurador General de la Nación interino, Eduardo Casal, dictaminó en la causa en la que se impugna la candidatura de Sergio Uñac a Gobernador de la provincia de San Juan, señalando que su nueva postulación no se encuentra dentro de los limites establecidos por la Constitución Provincial.

Recordemos que la subagrupación política Evolución Liberal aprobada dentro de la alianza electoral “Unidos por San Juan” inició una acción declarativa de certeza respecto a la candidatura a Gobernador de Sergio Mauricio Uñac en las elecciones fijadas para el 14 de mayo pasado y la Corte Suprema decidió suspender de manera cautelar el comisio, hasta que se resuelva el planteo de fondo.

Cabe destacar que el artículo 175 de la Constitución de San Juan establece que "El Gobernador y el Vicegobernador duran cuatro años en el ejercicio de sus funciones y pueden ser reelegidos consecutivamente una sola vez", lo que motivo el planteo de la mencionada subagrupación política, manifestando que Uñac "había cumplido tres períodos constitucionales consecutivos en el desempeño de las magistraturas de vicegobernador y gobernador, al haber sido elegido vicegobernador por el período constitucional 2011-2015 y luego gobernador en los períodos consecutivos siguientes (2015-2019 y 2019-2023)".

La acción obtuvo un resultado adverso en el Tribunal Electoral provincial, que habilitó la condidatura, por lo que se entabló la accion declarativa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el entendimiento de que la candidatura entra en conflicto con la garantía de adopción de la forma republicana por parte de los gobiernos provinciales establecida por el artículo 5 de la Constitución Nacional.

Así, el Procurador sostiene que la cuestión constitucional a resolver consiste en determinar si la habilitación de la candidatura a gobernador del ciudadano Uñac, en el marco de las elecciones destinadas a cubrir ese cargo para el período 2023-2027, presenta una violación al principio republicano de gobierno en la provincia de San Juan.

Señala en primer lugar que el empleo de los términos “El Gobernador y el Vicegobernador” seguidos de la expresión “pueden ser reelegidos consecutivamente hasta dos veces” indica que la norma limita, de manera indistinta para ambos cargos, la reelección consecutiva hasta dos oportunidades. De esta manera, concluye que "se permite una primera elección en cualquiera de ambos cargos -gobernador o vicegobernador- y dos subsiguientes reelecciones también en cualquiera de ambas dignidades -gobernador o vicegobernador- para completar un máximo de tres períodos consecutivos en cualquiera de ambas posiciones".

Queda en claro, dice Casal, que "el constituyente reguló en forma conjunta a los cargos de gobernador y de vicegobernador, encuadrándolos bajo la denominación de 'Poder Ejecutivo'".

Finalmente, luego de un repaso por las voces del debate de los miembros expositores de la 2da. Sesión Extraordinaria de la Cámara
de Diputados de la Provincia de San Juan, en la cual se discutió el proyecto que luego se transformaría en la enmienda al artículo 175, el Procurador
considera que de allí se desprende que "se previó la limitación de los mandatos a dos reelecciones inmediatas hasta completar los doce años como máximo, indistintamente para las personas que estuvieran ocupando los cargos de gobernador o de vicegobernador".

 


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