• sábado 15 de marzo del 2025
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El Gobierno oficializó el refuerzo alimentario para adultos sin ingresos

El monto de la prestación será de $45.000, que se pagaran en dos cuotas de $22.500 en los meses de noviembre y diciembre. Conocé los requisitos.

El Presidente de la Nación, Alberto Fernández, firmó el Decreto N°758/2022 que establece la creación de una prestación económica de $45.000 para personas de entre 18 y 65 años en condiciones de extrema vulnerabilidad.

La medida se financiará con los derechos de exportación del Fondo Incremento Exportador creado en el mes de septiembre para la liquidación de soja.

Entre la variedad de requisitos que se establecen para acceder a la prestación y que se deberán acreditar ante la ANSES, se encuentran:

a. Ser argentinas o nativas, por opción o naturalizadas, o extranjeras, estas últimas con una residencia -en el marco de la Ley Nº 25.871- no inferior a DOS (2) años anteriores a la fecha que se establezca en la normativa complementaria;

b. Tener DIECIOCHO (18) años o más y no haber cumplido los SESENTA Y CINCO (65) años de edad a la fecha que se establezca en la normativa complementaria;

c. Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica y patrimonial. Las condiciones objetivas de la situación económica y patrimonial indicada serán establecidas por la normativa complementaria;

d. Completar la solicitud, de conformidad a lo establecido en la normativa complementaria correspondiente;

e. No encontrarse la persona solicitante:

i. Percibiendo ingresos formales de ningún tipo;

ii. Bajo relación de dependencia registrada en el sector público nacional, provincial, municipal y/o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el sector privado;

iii. Inscripta en el RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES ni en el régimen de autónomos;

iv. Como titular de jubilaciones, pensiones, planes, programas, prestaciones de la seguridad social, o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

v. Con seguro de medicina prepaga;

vi. Alcanzada por cobertura de salud, tanto para titulares como adherentes de obras sociales;

vii. Registrada como activa en el Registro de Trabajadores de Casas Particulares;

viii. Como titular de Prestación por Desempleo, Programas de Empleo o Planes Sociales;

ix. Registrada como Efectora Social en el padrón informado por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL;

x. Privada de la libertad, bajo cualquier modalidad.

xi. Como persona que tiene a cargo a niños, niñas, adolescentes o personas mayores de edad con discapacidad titulares de algunas de las prestaciones establecidas en los Regímenes de Asignaciones Familiares; considerándose también, en igual medida, a la otra persona integrante del grupo familiar.

El primer refuerzo de $22.5000 se pagará durante el mes de noviembre y el segundo se hará en el mes de diciembre por el mismo monto.

Finalmente, el Decreto establece que la ANSES deberá cruzar la base de datos con la de otros organismos a los fines de determinar las posibles personas beneficiarias del ingreso.


Accedé al decreto.

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