Una decisión del juez Alfredo López, a cargo del Juzgado Federal nº 4 de dicha ciudad.
El juez a cargo del Juzgado Federal nº 4 de Mar del Plata, Alfredo López, declaró la inconstitucionalidad de las resoluciones y disposiciones, nacionales y provinciales, que establecieron la presentación del pase sanitario, para las personas mayores de trece años que asistan a las actividades de “mayor riesgo epidemiológico”. En consecuencia, deberá eximirse al demandante de presentarlo.
El Sr. Bassano interpuso una acción de amparo a los fines de que se lo exima de la presentación del “pase sanitario” invocando que “nos afecta al no poder ejercer casi ninguna actividad social o gestionar cualquier tipo de trámite ante organismos del Estado Provincial o Municipal, y nos convierte en ciudadanos de SEGUNDA, nos quita derecho civiles”.
El magistrado entendió que la ley que estableció la vacunación contra el COVID-19, determinó que esta era “voluntaria”. En consecuencia, la exigencia de un pase sanitario “tornaría inaplicable de hecho la circunstancia de que la vacunación no resulta obligatoria”. Así, se estarían violentando derechos como “peticionar a las autoridades, de trabajar y ejercer toda industria lícita, a la libre circulación y de reunión, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 14 de la C.N.”
Por ello, declaró la inconstitucionalidad Disposición Nacional Nº 1198/2021 y la Resolución de Firma Conjunta Nº 460 y la Resolución 474/2021 de la provincia de Buenos Aires y ordenó al Estado nacional y al provincial que eximan al actor de presentar dicho pase sanitario.