Se trata de una decisión que diseñó el "programa de cumplimiento de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 13 de mayo de 2021s" y estableció distintas medidas para revertir la situación en que se encuentran las personas privadas de su libertad en la provincia.
La Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires se expidió respecto al cumplimiento de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa Verbitsky en el año 2021 y dispuso distintas medidas para avanzar en las exigencias indicadas por el máximo tribunal nacional.
Ante todo, cabe recordar que la Corte Suprema en el año 2005 en la causa Verbitsky consideró que la existencia de superpoblación carcelaria en la provincia de Buenos Aires afectaba los derechos fundamentales a la vida y a la integridad física de las personas privadas de la libertad y se correspondía con una situación genérica, colectiva y estructural.
Entre otras medidas adoptadas, el Máximo Tribunal federal ordenó a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y a los demás tribunales de la jurisdicción hacer cesar toda eventual situación de agravamiento de la detención, que importase un trato cruel, inhumano o degradante o cualquier otro susceptible de acarrear responsabilidad internacional del Estado Federal (punto 4° de la parte dispositiva).
Luego, durante los años posteriores al dictado del fallo Verbitsky, la Suprema Corte bonaerense dispuso una serie de las medidas de diversa índole y finalmente entendió que el mandato impartido por la Corte Suprema fue agotado. Así, frente una presentación del Consejo de Defensores de la Provincia de Buenos Aires, la Suprema Corte local manifestó que, “en el estricto ámbito jurisdiccional”, el trámite del expediente originario había concluido y, en consecuencia, remitió las actuaciones a un juzgado de primera instancia, considerándola una acción primaria de hábeas corpus respecto de la cual carecía de jurisdicción.
Sin embargo, en el año 2021 la Corte Suprema federal consideró que esta decisión del tribunal provincial “no presta sustento objetivo suficiente a las razones que motivaron al tribunal a quo a determinar que la faz ejecutiva de la sentencia dictada in re “Verbitsky” podía darse por finalizada”.
Como consecuencia de ello, la Suprema Corte bonaerense manifestó que el cumplimiento de lo resuelto por la Corte Suprema no puede agotarse en un solo pronunciamiento mandatorio, sino que es preciso transitar un camino secuencial y progresivo. Por tal motivo, decidió diseñar el “programa de cumplimiento de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del 13 de mayo de 2021” (PCS), con el objeto de revertir el estado de cosas inconstitucional que caracteriza a la situación de las personas privadas de libertad en la provincia de Buenos Aires.
En tal sentido, creó una nueva institucionalidad en el ámbito de la Suprema Corte de Justicia a los fines de una mejor realización del PCS, integrada por: a) un órgano de implementación y seguimiento principal del PCS; b) un área específica de articulación en el ámbito de la Secretaría Penal de la Corte y c) un observatorio participativo.
Asimismo, requirió al Poder Ejecutivo que comunique a la Suprema Corte su posición y diagnóstico sobre el estado de situación de las condiciones de habitabilidad y el cupo que correspondiere a cada unidad penitenciaria y alcaidías habilitadas y en construcción del sistema dependiente del servicio penitenciario provincial, al 1 de abril de 2022.
Por otro lado, exhortó a la Legislatura Provincial a adecuar la legislación procesal penal en materia de prisión preventiva y excarcelación y demás alternativas o morigeraciones a tales medidas cautelares y la legislación de ejecución penal y penitenciaria, a los estándares constitucionales e internacionales.
Y en lo relativo al Poder Judicial, decidió –entre otras medidas- encomendar a los órganos jurisdiccionales la revisión periódica de la situación de las personas detenidas en procesos bajo su jurisdicción