• viernes 25 de abril del 2025
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REPRO: el Gobierno modificó los alcances y requisitos del programa de asistencia económica

El subsidio se entregará durante tres meses y el interesado solamente podrá inscribirse en el programa en dos ocasiones como máximo

A través de la Resolución 420/2022, publicada este martes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional oficializó una serie de modificaciones al “Programa de Recuperación y Sostenimiento Productivo” (REPRO), que brinda asistencia a las empresas privadas en el pago de los salarios a los trabajadores.

La medida firmada por el ministro de Trabajo, Claudio Moroni establece que el monto de la asignación dineraria será equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la remuneración total hasta un máximo del cincuenta por ciento (50%) del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) vigente por cada relación laboral activa del sujeto empleador alcanzado por el programa.

Por otra parte, estipula que para percibir la asignación, los trabajadores y las trabajadoras no deberán recibir una remuneración total superior a cuatro (4) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM) vigente.

El subsidio se entregará durante tres meses y el interesado solamente podrá inscribirse en el programa en dos ocasiones como máximo, de manera consecutiva o no, “dentro de los tres años contados a partir del inicio del primer período otorgado”. Asimismo, la normativa indica que podrán pedir el beneficio todos los empleadores del sector privado, excepto aquellos que “perciban subsidios del Estado Nacional y de Provincias y Municipios”; hayan “iniciado su actividad 6 meses previos a su solicitud”; se encuentren incluidos en el Programa para el Fortalecimiento de los Equipos de Salud para la Calidad y la Seguridad (FESCAS), o sean “empresas, sociedades y Entes de los Sectores Públicos Nacional, Provincial y Municipal”.

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