A través de una acción de amparo interpuesta por estudiantes, docentes y no docentes de dicha casa de estudios.
Un grupo de estudiantes, docentes y no docentes de la Universidad Nacional de La Plata, interpuso una acción de amparo contra ésta, solicitando la inconstitucionalidad de la Disposición 176/2021, que estableció la obligatoriedad de la vacunación contra el COVID-19 para el retorno a la actividad presencial. Conjuntamente solicitaron el dictado de una medida cautelar que suspenda dicha Disposición.
La Disposición cuestionada establece como requisito para “la participación en cualquier actividad presencial en todo el ámbito de la Universidad Nacional de La Plata la acreditación del transcurso de 21 días corridos desde la inoculación de la primera dosis de alguna de las vacunas autorizadas destinadas a generar inmunidad adquirida contra la COVID-19”. En su artículo segundo faculta al servicio de salud de la Universidad a considerar y resolver las solicitudes de habilitación especial que se funden motivos médicos debidamente acreditados. Respecto de solicitudes fundadas en motivos no médicos, se constituirá una Comisión ad hoc.
Ante ello, un grupo de estudiantes, docentes y no docentes de la Universidad, interpusieron una acción de amparo que recayó en el Juzgado Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal nº 4 de La Plata. Manifestaron no estar vacunados contra el COVID-19 por considerar que se trata de vacunas experimentales que “pueden tener efectos adversos graves e irreversibles”, y que “carecen de aprobación definitiva” por “una aplicación de emergencia por protocolo”. Por ello la vacunación es optativa y voluntaria, entendiendo que la Disposición la exige obligatoriamente.
En particular pretenden “el cese de toda coacción para que se realice la vacunación contra la voluntad de las personas, que no se efectúe una injusta discriminación entre vacunados y no vacunados, y que se disponga la inconstitucionalidad de realizar tests PCR, así como la suspensión de toda Comisión Ad Hoc que tenga a su cargo la ‘investigación’ de la vacunación o de tests PCR”.
Fundamentaron sus pretensiones en que la Disposición además de atentar contra derechos como la salud y la vida y la libertad de enseñar, aprender e investigar; “crea la injusta categoría discriminatoria de ‘vacunados-no vacunados’ por las cuales los ‘no vacunados’ perderán derechos fundamentales a educarse y trabajar”. Además consideraron que la medida afecta la defensa en juicio ya que se constituye como “un tribunal injustamente discriminatorio contra personas que ejercen el propio derecho a la salud”, al crear la Comisión ad hoc.