Mediante la acordada 14/2021 la Corte Suprema autorizó el regreso a la presencialidad de las personas inoculadas con al menos una dosis, a partir del 1ro de septiembre.
Con el objetivo de que la prestación de la administración de justicia pueda prestarse de forma más eficiente, la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a través del dictado de la Acordada 14/2021, autorizó al retorno a la presencialidad de aquellos magistrados, funcionarios y empleados que hayan recibido al menos una dosis de la vacuna y estaban exceptuados en función de la Acordada 4/2020 y 6/2020.
Estas acordadas preveían una licencia extraordinaria a aquellas personas mayores de 60 años más vulnerables al Covid-19, conforme a los criterios de las autoridades nacionales en materia de salud. Ahora, en función a lo previsto por esta nueva acordada, los magistrados, funcionarios y empleados que hayan recibido al menos una dosis de la vacuna podrán retornar a la presencialidad.
Cabe aclarar que las autoridades de las respectivas superintendencias serán las encargadas de convocar a los agentes de cada fuero y jurisdicción, teniendo en cuenta la situación epidemiológica del lugar y el resguardo de la salud del personal.
A su vez, el Alto Tribunal requirió a los agentes mayores de 60 años involucrados en la acordada que “deberán acreditar sin demoras ante la respectiva autoridad jerárquica si han recibido alguna dosis de cualquiera de las vacunas autorizadas por la autoridad sanitaria nacional y/o por la Organización Mundial de la Salud, con carácter de declaración jurada”.
Por su parte, la Corte recordó que quienes presten servicios en la justicia deberán adoptar todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte emanadas de las autoridades competentes en el respectivo ámbito.