• sábado 22 de marzo del 2025
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España: El Tribunal Constitucional anuló las primeras medidas de confinamiento decretadas por el Gobierno

Consideró que, para decretar tales medidas, se tuvo que obtener un permiso previo del Congreso.

En pleno dividido –seis votos a cinco- el Tribunal Constitucional español decidió admitir parcialmente el recurso de inconstitucionalidad y declaró la nulidad del Real Decreto 462/2020 por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

La medida en cuestión, declarada inconstitucional, impuso un confinamiento domiciliario a la población para combatir el avance del coronavirus y generó discrepancias y debates doctrinarios, teniendo como eje la necesidad o no de declarar el estado de excepción en los supuestos de suspensión de derechos fundamentales, previo a dictar ese tipo de medidas.

La diferencia central entre tales supuestos, es que el estado de excepción no lo acuerda el Ejecutivo sino el Parlamento. Por el contrario, el estado de alarma, sí lo acuerda el Gobierno y posteriormente lo debate y respalda –o no- el Parlamento.

La referida declaración de inconstitucionalidad por parte del Alto Tribunal, reflejaban medios españoles, dejaría sin cobertura legal las multas impuestas por el incumplimiento del confinamiento aunque también destacan el punto de acuerdo de que en todo momento el confinamiento que estuvo vigente entre marzo y junio del año pasado no debía llevar aparejada una responsabilidad patrimonial del Estado.

Síntesis oficial del Tribunal Constitucional

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