• sábado 22 de marzo del 2025
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Diputados dio media sanción al proyecto de ley de cupo laboral travesti trans

El proyecto contempla que todos los poderes del Estado deberán incluir como mínimo un 1% de personas trans en su planta de personal. Por otra parte, la Cámara Baja convirtió en ley el Consenso Fiscal 2020.

En una sesión que continuó hasta horas de la madrugada, la Cámara de Diputados de la Nación dio media sanción al proyecto de ley de “Promoción del acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero ‘Diana Sacayán – Lohana Berkins’”, que establece que en todos los poderes del Estado Nacional deberá existir un porcentaje no inferior al 1% de personas trans dentro de su personal.

En su texto, el proyecto que contó con 207 votos positivos y solo 11 negativos, considera como personas travestis, transexuales y transgénero a todas aquellas que se autoperciben con una identidad de género que no se corresponde con el sexo asignado al nacer.

La norma, se encuadra dentro de la normativa internacional de Derechos Humanos, bajo los principios de: a) la identidad de género; b) el libre desarrollo personal; c) la igualdad real de derechos y oportunidades; d) la no discriminación; e) el trabajo digno y productivo; f) la educación; g) la seguridad social; h) el respeto por la dignidad; i) la privacidad, intimidad y libertad de pensamiento.

Por otra parte, se contemplan acciones de concientización tendientes a la sensibilización con perspectiva de género y diversidad sexual, la prioridad de contrataciones del Estado a empresas que tengan personal trans en su planta laboral, incentivos impositivos para que el sector privado incorpore trabajadores/as trans, y acceso al crédito con tasa preferencial para personas del colectivo.

 

Consenso Fiscal 2020

Otro de los temas importantes de la sesión, fue la aprobación del Consenso Fiscal 2020, relativo al acuerdo firmado entre el Estado Nacional y las provincias argentinas en diciembre del año pasado. De esta manera, la Cámara Baja convierte en ley el proyecto, luego de su aprobación en el Senado el pasado 24 de febrero.

El Consenso Fiscal –que no fue firmado por las provincias de La Pampa, San Luis y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-, establece:

- La reasignación de recursos por transferencia de competencias, servicios o funciones previstas en el 5to. párrafo del inc. 2 del art. 75 de la Constitución no se implementará mediante el esquema de distribución de fondos previsto en la ley 23.548 de Coparticipación Federal.

- La suspensión de obligaciones en materia de exenciones y escalas de alícuotas máximas contempladas para los períodos fiscales 2020 y 2021 para el Impuesto sobre los ingresos brutos y las disposiciones de los impuestos inmobiliarios, a los sellos, aquellos que gravan la nómina salarial y a los tributos específicos.

- Se introducen modificaciones a la escala de alícuotas máximas establecidas en el anexo I a la Cláusula III del Consenso Fiscal 2017, en particular para la Actividad Intermediación Financiera y en lo atinente a los servicios conexos a las actividades económicas allí mencionadas.

- Se acuerda continuar mejorando el funcionamiento de los regímenes de retención, percepción y recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los y las contribuyentes del Convenio Multilateral.

- Se introducen modificaciones tendientes a homogeneizar el tratamiento impositivo de las distintas jurisdicciones provinciales o municipales al impuesto automotor, con el fin de eliminar distorsiones en la carga tributaria basadas en el lugar de radicación, así como mejorar el índice de cobrabilidad.

- Se acuerda que, partir del 31 de diciembre de 2020 y durante un año, las provincias no podrán incrementar el stock de deuda denominada en moneda extranjera respecto a los valores registrados a tal fecha, previendo ciertas operaciones de manera excepcional.

 

Accedé al proyecto de ley de cupo trans.

Accedé a la ley que aprueba el Consenso Fiscal 2020.

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