Un repaso de las decisiones judiciales, las medidas legislativas y los actos del Poder Ejecutivo más destacados de los últimos días.
En una semana que finaliza con el confinamiento estricto dispuesto por el Gobierno Nacional mediante el DNU Nº334/2021, hacemos un repaso de las principales noticias que nos deja la tercera semana de mayo de 2021.
¿Qué dice el texto del decreto que determina el confinamiento estricto por 9 días?
A primera hora del sábado, se oficializó el decreto de necesidad y urgencia que determinó las nuevas medidas generales de prevención con la finalidad de mitigar los contagios por COVID-19. De esta forma, comenzaron a regir las directrices que había anunciado Alberto Fernández por cadena nacional el jueves pasado.
Además de extender la vigencia del DNU 287/2021 hasta el 11 de junio de 2021, el Presidente materializó lo anunciado el pasado jueves, con respecto al confinamiento estricto desde el 22 al 30 de mayo y por los días 5 y 6 de junio para los aglomerados que se encuentren en situación de “Alto riesgo” o “Alarma epidemiológica". En particular, suspendió la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales que no sean esenciales.
Por último, el Decreto prolonga hasta el 11 de junio el cierre de fronteras, establecido en la Decisión Administrativa N° 2252/2020.
La Corte Suprema avaló la autonomía de un municipio cordobés para prohibir a los supermercados abrir los días domingo
En lo que fue la noticia jurisprudencial más relevante de la semana, la Corte Suprema consideró que una ordenanza dictada por el Municipio de Arroyito no colisionaba con el derecho a ejercer el comercio por parte del supermercado asiático.
La decisión se da unas semanas luego de la resolución del Máximo Tribunal donde se avaló la autonomía porteña para determinar la potestad de continuar con las clases presenciales, en otro caso de derecho público municipal. En esta oportunidad, se trató de la acción presentada por el Supermercado Arroyito contra la municipalidad homónima por una ordenanza dictada que prohibía a los supermercados abrir los días domingo.
La Corte en una mayoría de 3-2, compuesta por el tándem Maqueda-Rosatti, y Lorenzetti por su voto, rechazó la demanda del supermercado asiático. El voto en conjunto ratificó la autonomía municipal garantizada a partir de la Reforma Constitucional de 1994 y sostenida en la Constitución Provincial de Córdoba.
En disidencia, Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco, interpretaron que el Municipio invadió una competencia del Congreso de la Nación, en virtud del artículo 75, inciso 12 de la Constitución Nacional, al regular sobre el descanso dominical.
Los principales puntos del proyecto que reformaría la ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal y de la Defensa
Luego de la media sanción obtenida en el Senado el 27 de noviembre de 2020, la Cámara de Diputados buscará tratar en las próximas semanas el proyecto que modifica las mayorías requeridas para la designación del Procurador o la Procuradora General de la Nación y que ponen un límite temporal de cinco años a su mandato.
Entre las principales reformas propuestas, el proyecto modifica las mayorías requeridas en el Senado para prestar acuerdo a la designación del Procurador o Procuradora General y del Defensor o Defensora General de la Nación (se pase de una mayoría calificada de dos tercios de los senadores y senadoras requerida por la actual legislación para su designación, a una mayoría simple de votos). Asimismo, se reforma el procedimiento para su remoción, que en la actual regulación se remite al proceso de juicio político establecido en los artículos 53 y 59 de la Constitución Nacional..
Otro rechazo in limine para un amparo que pretendía la inconstitucionalidad de la Ley IVE
La titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N°5, María Alejandra Biotti, dispuso el rechazo in limine de una acción de amparo intentada por Partido Demócrata Cristiano de la República Argentina, que pretendía declarar la inconstitucionalidad de la Ley 27.610 de interrupción voluntaria del embarazo.
En consonancia con otras decisiones adoptadas por la propia magistrada y por otros/as jueces/zas del fuero, consideró que quienes iniciaron la acción no tenían legitimación activa para plantearlo y que no se acreditó la existencia de un “caso o controversia”.
A su vez, resaltó que el hecho de que se alegara también una legitimación como partido político no es suficiente para habilitar la acción de amparo, ya que “no se aprecia una conexión específica con un concreto interés relativo a su actuación o funcionamiento”.
El Gobierno oficializó la suspensión de las exportaciones de carne por un mes
Otra de las medidas que tomaron relevancia esta semana fue la de suspender las exportaciones de productos cárnicos de origen bovino por el lapso de 30 días.
La Resolución N°75/2021 adoptada por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, busca controlar el aumento sostenido del precio de la carne vacuna que viene dándose en el mercado interno en los últimos meses.
Entre los fundamentos de la medida, se indica la necesidad de ordenar el funcionamiento del sector, restringir prácticas especulativas, mejorar la trazabilidad de las exportaciones y evitar la evasión fiscal en el comercio exterior.
El Senado dio media sanción a la ley de parámetros sanitarios para enfrentar la emergencia del Covid-19
Otra de las decisiones legislativas importantes de la semana fue la media sanción que el Senado de la Nación le dio al proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo de la Nación, donde se establecen los parámetros sanitarios y las distintas medidas que podrá tomar el Gobierno con el fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2.
La iniciativa, que contó con la aprobación de 38 senadores/as contra 28 votos negativos, indica que se trata de una ley de orden público que regirá hasta el 31 de diciembre de 2021.
El texto, que guarda similitudes con el DNU N°334/21 en cuanto a los criterios sanitarios, establece la división según el riesgo epidemiológico bajo, medio o alto y la situación de alarma epidemiológica sanitaria, a fin de determinar las distintas decisiones a tomar para el cierre o apertura de actividades.
Diputados aprobó el proyecto de postergación de las elecciones
La Cámara de Diputados de la Nación aprobó en la Sesión Especial del día miércoles el proyecto del Poder Ejecutivo que busca postergar las fechas del calendario electoral, tanto de las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) como de las elecciones legislativas, en el contexto de la emergencia sanitaria declarada por la pandemia de covid-19. La media sanción fue aprobada por 223 votos afirmativos, 3 negativos y 8 abstenciones.
La iniciativa en cuestión establece que el cambio de fechas se dará por única vez y el Senado deberá darle la sanción definitiva. De aprobarse, las PASO pasarían del 8 de agosto al 12 de septiembre y las elecciones generales, del 24 de octubre al 14 de noviembre.
Por otra parte, también se dio media sanción a la modificación del Impuesto a las Ganancias, mientras que el tratamiento del Consenso Fiscal se pospuso para la próxima sesión.
Rechazaron otorgar una medida cautelar que buscaba evitar el pago del "aporte solidario y extraordinario"
El juez Walter Lara Correa, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°10, rechazó otorgar una medida cautelar solicitada por un contribuyente para que AFIP no le cobre el “Aporte Solidario y Extraordinario para Ayudar a Morigerar los efectos de la Pandemia”.
Cabe tener presente que en el Fuero Contencioso Administrativo Federal tramitan más de 150 acciones judiciales que piden que se declare su inconstitucionalidad y hay decisiones contrapuestas. Por ejemplo, la jueza Cecilia de Negre otorgó una medida cautelar solicitada por un contribuyente y ordenó a AFIP que se abstenga de aplicarle el aporte por un plazo de 3 meses. Por otra parte, el juez Martín Cormick rechazó una petición en el mismo sentido.
Casación Federal confirmó el rechazo de un hábeas corpus contra el DNU de medidas sanitarias
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó el rechazo de un hábeas corpus contra el Decreto de Necesidad y Urgencia N°287/2021 que estipuló las medidas sanitarias a cumplirse en el país entre el 1° y el 21 de mayo de este año. En su resolución, la Cámara resolvió que el recurso de casación había sido mal concedido ya que no cumplía con los requisitos de impugnación básicos de una decisión judicial.
En las instancias anteriores, tanto el juez de primera instancia como la Cámara de Apelaciones de San Martín señalaron que la imposibilidad de circular por la vía pública durante el horario nocturno de 00:00 a 06:00 hs. dispuesta por el DNU N°287/2021 del 30 de abril de 2021, “no conlleva una violación de derechos tal que justifique la excepcionalidad y urgencia necesarias” para la procedencia de la acción de hábeas corpus.
En su decisión, los integrantes de la Cámara Federal de Casación Penal se dedicaron a detallar los antecedentes del caso para luego concluir que la impugnación hecha por la parte actora no denuncia vicio alguno en la fundamentación de la decisión tomada por la Cámara de Apelaciones. En efecto, consideraron que el recurso de casación no pudo demostrar que la decisión fuera arbitraria y que existiera una cuestión de competencia federal que hiciera necesaria la intervención de la Cámara de Casación.
El Gobierno ordenó a WhatsApp suspender las nuevas políticas de privacidad
La Secretaría de Comercio Interior ordenó a las filiales argentinas de Facebook y/o WhatsApp que se abstengan de implementar y que suspendan las condiciones de servicio y políticas de privacidad en nuestro país por el término de 180 días o hasta la finalización de la investigación iniciada.
La medida cautelar surge en base a un informe elaborado de oficio por la Comisión de Defensa de la Competencia (CNDC) luego de una investigación de la Agencia de Acceso a la Información Pública, ante la nueva política de privacidad del servicio de mensajería instantánea que entró en vigencia el sábado 15 de mayo. Según el dictamen de la CNDC, las nuevas condiciones “podrían lesionar la competencia y el interés económico general, violando así la ley de Defensa de la Competencia, más precisamente una infracción al art. 1 de la Ley 27442”.
Mientras dure la cautelar, la CNDC investigará el uso que Facebook dará a los datos obtenidos de los usuarios de WhatsApp y que, se presume, podrían utilizarse con fines comerciales, señala la resolución.