El actor pedía reparación alegando que sufrió daño en una pieza dental, malestar estomacal, vómitos, malestar y disgusto. La Cámara consideró que no podía sostenerse que el episodio haya causado un daño cierto y resarcible
Los jueces a cargo de la Sala I de la Cámara Civil y Comercial de Mercedes, Emilio A. Ibarlucía y Emilio A. Etchegaray, resolvieron rechazar el pago de una indemnización reclamado por un hombre que afirmó que había sufrido daños al ingerir parte de un hilo que encontró en una galletita de la marca "Manón" mientras la comía.
El hombre alegó que con motivo del hecho, sufrió daños en una pieza dental, intenso malestar estomacal y emocional de desagrado y disgusto y vómitos, por lo cual debió someterse a una consulta médica ya que el cuadro se intensificaba con el tiempo. Además, señalo que tras la queja presentada a la empresa, esta pretendió excusarse enviando una caja de galletitas por correo.
Si bien el actor reclamaba $800.000 mil pesos de indemnización, la primera instancia había ordenado reparar un leve daño moral que estimó en $1.000.
Sin embargo, la Cámara consideró que no podía sostenerse que el episodio haya causado un daño cierto y resarcible al hombre, y que tampoco se había acreditado que la empresa obtuviera un beneficio con su obrar, por lo que dejó sin efecto la sentencia anterior y rechazó la demanda.