• domingo 19 de enero del 2025
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Ordenaron al Gobierno de la Ciudad implementar medidas de transparencia y protección del arbolado público

La decisión obliga al Poder Ejecutivo a establecer un registro web de todos los árboles de la Ciudad e impide continuar con la poda y tala de árboles hasta que sea implementado efectivamente.

El Juzgado en lo Contencioso, Administrativo y Tributario N°13 de la Ciudad de Buenos Aires hizo lugar parcialmente a una acción de amparo y ordenó al Poder Ejecutivo porteño y a sus comunas a implementar un sistema informático de acceso libre, gratuito y público que contemple la totalidad de las acciones correspondientes a la gestión del arbolado público.

Además, el magistrado Guillermo Martín Scheibler dispuso la suspensión de toda poda y tala de árboles de la Ciudad, hasta tanto se implemente el sistema mencionado. Ello con excepción de las podas y talas que no admitan demora por comprometer la seguridad pública, instancia donde deberá publicarse en la web oficial los informes respectivos.

En su demanda, una vecina de la Ciudad denunció que el Poder Ejecutivo porteño se encuentra desarrollando hace más de 5 años una actividad de poda y tala que “ocasionó la muerte de muchos árboles en los últimos años y que, a los sobrevivientes, se les ha quitado la mayor parte de su follaje, con la consecuente pérdida de sus beneficios”.

Del mismo modo, denunció diversas irregularidades que surgían de los precios y trabajos realizados por las empresas encargadas de realizar el mantenimiento del arbolado, entre las que surgía el aumento injustificado del precio por el servicio.

A la hora de resolver, el juez interviniente señaló que el Plan Maestro de Arbolado Público de la Ciudad establecido por Ley 3.263, establece la obligación de implementar un sistema informático de acceso libre, gratuito y público que permita la trazabilidad de cada uno de los ejemplares, algo que el Poder Ejecutivo se encuentra incumpliendo.

Por otro lado, Scheibler destacó que la tercerización del cuidado del arbolado público “exige –todavía más- extremar los recaudos de control, publicidad y transparencia a fin de poder despejar cualquier tipo de incertidumbre respecto a que las acciones desplegadas sobre el arbolado responden a una necesidad real diagnosticada y supervisada técnicamente por personal idóneo y no a la intención de maximizar el lucro”.

Por último, el magistrado señaló que “un árbol no es un integrante más del mobiliario urbano, fácilmente reemplazable, fungible en sus funcionalidades, como una farola, un banco de plaza o una parada de colectivos”, sino que “se trata de un capital verde que recibimos en sus ejemplares adultos de las generaciones que nos precedieron y que debemos proteger y legar a las que nos sucedan con el agregado de nuevos ejemplares”.

 

Accedé a la resolución via iJudicial

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