Solo continuarán en fase de aislamiento social preventivo y obligatorio los aglomerados urbanos de Bariloche, Dina Huapi y Puerto Deseado.
Se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N°956/20 del Presidente de la Nación que extiende hasta el 20 de diciembre el “Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio” en todas las provincias del país, con excepción de los aglomerados urbanos de Bariloche y Dina Huapi en la provincia de Río Negro y de Puerto Deseado en Santa Cruz.
Desde que el 12 de marzo de este año se declarara la emergencia en materia de salud en todo el país a raíz del COVID-19 y el primer aislamiento decretado el 18 de marzo mediante el Decreto N°297/20 para todo el territorio nacional, el Gobierno fue habilitando paulatinamente aquellas actividades esenciales exceptuadas de la restricción ambulatoria para luego pasar a una etapa de distanciamiento que importó una mayor flexibilidad en las actividades permitidas.
Entre los argumentos de la extensión del distanciamiento, el Presidente destacó que “continúa la disminución en el número de casos en el AMBA concomitante con una estabilización de la velocidad de aumento o disminución de casos, en los principales centros urbanos del país”.
No obstante, el Decreto reafirma que para continuar en esta nueva etapa, los distintos departamentos y municipios deberán contar con capacidad suficiente para dar respuesta a la demanda sanitaria, tampoco deberán contar con transmisión comunitaria del virus y ni con un aumento de casos que supere el 0,8% de casos respecto de las dos semanas anteriores.
Del mismo modo, continúan prohibidas las actividades en clubes, teatros, centros culturales y cualquier tipo de evento que reúna a más de 20 personas en espacios cerrados o privados al aire libre. Del mismo modo, continúan vedadas las reuniones en espacios públicos de más de 100 personas al aire libre y los deportes en lugares cerrados que no permitan mantener una distancia de 2 metros entre las personas, con excepción del AMBA donde se encuentra prohibida cualquier tipo de actividad deportiva en espacios cerrados.
Por su parte, en los lugares alcanzados por el “ASPO” continúan habilitadas determinadas actividades comerciales y las reuniones al aire libre de hasta 10 personas, con el cumplimiento de los protocolos establecidos por las autoridades sanitarias.