En función de su situación epidemiológica y ante el requerimiento de las mismas, el Máximo Tribunal dispuso la medida para determinados tribunales de aquellas jurisdicciones. Deberán respetar los protocolos en materia de salud nacionales y locales.
En acuerdo extraordinario, la Corte Suprema de Justicia de Nación dictó la Acordada N° 17/2020, por la cual, dispuso el levantamiento de la feria extraordinaria para determinados tribunales de las jurisdicciones de Corrientes, Mendoza, Córdoba, Tucumán y Comodoro Rivadavia. La disposición lleva la firma digital de los ministros y regirá a partir de mañana.
"Que, con fundamento en las previsiones señaladas en los considerandos anteriores, distintas cámaras federales con asiento en las provincias han evaluado el cumplimiento de las condiciones y requisitos necesarios para disponer el levantamiento de la feria extraordinaria, respecto de su jurisdicción o de alguno de sus tribunales", expresa uno de los considerandos del documento.
Específicamente se aplicará para los siguientes tribunales: las Cámaras Federales de Apelaciones de Tucumán, Corrientes y Comodo Rivadavia; y los juzgados federales de: Esquel, Río Grande, Comodoro Rivadavia, Caleta Olivia, Rio Gallegos (jurisdicción Comodoro Rivadavia); San Rafael, San Luis, Villa Mercedes, San Juan N° 1 y N° 2 (jurisdicción Mendoza); Río Cuarto, Villa María, Bellville (jurisdicción Córdoba); y la totalidad de los juzgados de las jurisdicciones de Corrientes y Tucumán.
Por otra parte, encomendó a los tribunales que ejercen la superintendencia de aquellas jurisdicciones que arbitren las medidas necesarias para garantizar las medidas de prevención sanitarias y de salud para el desarrollo de la administración de justicia. Asimismo, mantiene las licencias excepcionales para los funcionarios que forman parte de los denominados grupos de riesgo.
Accedé a la Acordada N° 17/2020.